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el tsjcv anula dos resoluciones sobre la devolución de subvenciones por estar fuera de plazo

Un error del Consell del Botànic libra a los socios de Francis Puig de reintegrar 170.000 euros

11/04/2024 - 

VALÈNCIA (VP/EFE). Los hermanos Adell Bover, socios de Francis Puig, hermano del expresidente de la Generalitat Ximo Puig, no tendrán que devolver a la Generalitat subvenciones por un importe total superior a los 170.000 euros. La razón es un error del anterior Consell del Botànic por el que la reclamación de ese dinero desde la administración no se hizo dentro del plazo establecido

Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en cuatro sentencias después de estimar los recursos presentados por las empresas de comunicación audiovisual Canal Maestrat y Kriol Produccions, propiedad de los Adell Bover. Con ello deja sin efecto las resoluciones de la Generalitat que obligaban a esas mercantiles a devolver las ayudas al fomento del valenciano.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha adoptado esta decisión al comprobar que el plazo máximo legal de 12 meses que tiene la Administración para resolver y notificar la decisión desde la incoación del expediente administrativo de reintegro había caducado, informa el TSJCV.

Fuera de plazo por dos días

En todos los casos el Consell incoó los procedimientos de reintegro el 7 de noviembre de 2019, por lo que en el plazo para resolver y notificar a la empresa finalizaría el 6 de noviembre de 2020.

Foto: KIKE TABERNER

No obstante, teniendo en cuenta los 79 días en que estuvieron suspendidos los plazos administrativos (entre el 14 de marzo de 2020 y el 1 de junio de 2020) como consecuencia de la declaración de Estado de Alarma derivado de la pandemia de la covid-19, esa fecha límite ha de fijarse el 24 de enero de 2021.

De este modo, las resoluciones de la Conselleria de Educación –y firmadas por el entonces titular, Vicent Marzà– que se produjeron el 26 de enero de 2021 y el 26 de febrero de ese año, en las que se acordaba y se notificaba a las empresas la obligación de devolver las subvenciones, se emitieron y comunicaron a los interesados una vez sobrepasado el plazo establecido.

Asimismo, considera que aunque el mismo 28 de enero la Conselleria ampliaba un mes el plazo para resolver y notificar, esa decisión "no pudo surtir efectos por cuanto la caducidad del procedimiento ya se había producido", explican los magistrados.

El mismo tribunal del TSJCV ha deliberado conjuntamente a estos recursos otros dos relativos al mismo objeto de litigio que están pendientes de fallo.

Las sentencias, que han sido notificadas este jueves a las partes, no son firmes y pueden ser recurridas en casación ante el Tribunal Supremo.

El PPCV ha pedido explicaciones al PSPV y a Compromís sobre lo ocurrido, aunque desde Educación (ahora en manos de los populares) no concretan por el momento si iniciarán algún tipo de investigación interna para comprobar en qué punto se produjo ese fallo. 

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