VALÈNCIA. La próxima semana los grupos parlamentarios abordarán en el pleno de Les Corts la votación de la reforma de la ley del Consell Jurídic Consultiu (CJC). Un texto que Podemos registró hace ya más de un año y que en el trámite parlamentario se ha visto alterado por las distintas enmiendas aprobadas por los grupos parlamentarios en la comisión de Coordinación que se celebró el pasado 28 de marzo.
Así, PSPV, Compromís, Ciudadanos y la formación morada aprobaron que la designación del presidente del órgano consultivo la hagan a partir de la reforma de la norma los propios consejeros. Si hasta ahora éste era elegido por el president de la Generalitat, de acuerdo a la nueva redacción pasará a ser seleccionado por los propios miembros del CJC.
Sin embargo, no fue el único acuerdo al que llegaron los cuatro grupos. También aprobaron reducir el periodo de los mandatos de los consejeros, que pasará ahora a ser de cuatro años renovables por otros cuatro años. Anteriormente eran de cinco años a renovar por otro plazo idéntico.
Ahora bien, a esta enmienda que limita el mandato de los consejeros electivos se suma otra -una disposición transitoria- para que esta limitación temporal tenga efecto no sólo a partir de la entrada en vigor de la norma, sino que también se pueda aplicar con carácter retroactivo sobre los miembros actuales.
En concreto, esta enmienda señala que los "miembros actuales del Consell Jurídic Consultiu podrán optar a una única renovación con independencia de que con esto se exceda el mandato máximo que se establece en la presente ley de ocho años". Una redacción que genera discrepancias entre PSPV y Compromís sobre si afectaría o no a la permanencia de Francisco Camps como miembro nato del Consell Jurídic Consultiu más allá de 2020.
La diputada y portavoz adjunta de Podemos, Fabiola Meco, considera que esta redacción sí le influiría porque en la enmienda no se diferencia entre "miembro nato o miembro electivo", sino que simplemente habla de "los miembros actuales". Por ello, estima que esta disposición le afectaría al menos en lo que se refiere al periodo máximo de permanencia en el órgano.
Así, Meco cree que Camps podría mantenerse en el CJC un total de nueve años -hasta 2020 al haber entrado en 2011-, ya que es el plazo máximo que se permitirá a los consejeros electivos actuales estar en el órgano. Esto es porque al haber entrado éstos a formar parte del Consell Jurídic antes de que se aprobara el nuevo límite temporal de mandatos, lo hicieron por un periodo de cinco años renovables por otros dos intervalos iguales.
Al cambiar ahora las condiciones, el Botànic acordó en la última comisión de Coordinación junto a Ciudadanos que la limitación temporal se les aplicaría ya en la primera renovación, de manera que solo podrían volver a ser electos por un período de cuatro años. Es decir, mantenerse en el órgano consultivo por un máximo de nueve años en total.
Sin embargo, el síndic socialista, Manolo Mata, manifestó sus dudas este martes sobre la posibilidad de aplicar esta limitación de nueve años a Camps. El portavoz del PSPV en Les Corts advirtió que los miembros natos no tienen que renovar su mandato, ya que el Estatuto de Expresidentes establece en su artículo 4.1 que este debe ser de 15 años. Con esta premisa, Mata consideró que se trataba de una cuestión "jurídicamente complicada" de contemplar.
Conviene señalar que esta disposición transitoria fue firmada -y aprobada- en la comisión del día 28 por Compromís, Ciudadanos, Podemos y PSPV. Por lo tanto, no debería debatirse en el próximo pleno, pues sólo se discuten las enmiendas rechazadas además de votarse la ley completa. No obstante, los morados temen que las distintas posiciones e interpretaciones que se hacen ahora sobre el texto puedan replicar la situación que se vivió con la reforma del Estatuto de Expresidentes hace ya casi dos años.