VALENCIA. Sanidad tendrá que asumir el convenio colectivo que herede de los trabajadores del Hospital de Alzira cuando se produzca la reversión a la sanidad pública en diciembre de 2018. Esta fue una de las conclusiones extraídas de la ponencia de la magistrada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, María Luisa Segoviano que realizó este jueves en la sesión 'Consecuencias laborales de la reversión de la gestión de servicios públicos por las administraciones públicas en el ámbito de la colaboración público privada' organizada por la Confederación Empresarial Valenciana.
Actualmente, existe un conflicto entre la concesionaria Ribera Salud y la Conselleria de Economía al no querer firmar esta última el convenio colectivo de la empresa aludiendo a que marca como fecha de finalización el 31 de diciembre de 2018 cuando la reversión debería realizarse en marzo de 2018.
Economía mantiene que un convenio de empresa no puede contener cláusulas de subrogación contractual en su vinculo con la Administración ni perjudicar a un tercero. Sin embargo, no opina lo mismo esta jurista. "Aunque sea la administración, si hay una sucesión de empresa porque ha asumido a la plantilla, los trabajadores van con la mochila y en la mochila tienen el convenio", asegura la magistrada.
Parece ser que se trata de negociaciones en un marco privado y que, en el caso de darse una sucesión empresarial, la administración debe asumir las condiciones con las que llegan los trabajadores, incluido el convenio colectivo. Todo esto se regula por el artículo 44 del Estatuto de los trabajadores, que establece las condiciones de sucesión por cambio de titularidad en una empresa y por la que quedan subrogados tanto los derechos de los trabajadores como las obligaciones pendientes con la Seguridad Social, de los que responde durante tres años al convertirse en responsable solidaria.
"El sentido común, teniendo en cuenta que es personal médico y no se puede revertir la actividad, si asume la plantilla tendrá que reconocer los derechos y obligaciones con todas las condiciones", apuntaba. En el caso del Hospital de Alzira, si se diera una asunción por parte de la administración tanto de elementos patrimoniales como del personal, se trataría de una sucesión. No obstante, la administración debe contratar por igualdad, mérito y capacidad. ¿Qué hacer?
"Si estos trabajadores - casi 2.000- pasan a la administración entrarán con la figura de indefinidos no fijos", explicaba. A partir de ahí la administración suele o mantenerlo o sacar la plaza a Oferta Pública. En el caso de que la administración saque la plaza, su contrato se extinguirá y será indemnizado con 20 días al año por un máximo de 12 mensualidades, teniendo en cuenta la antigüedad en la anterior empresa. Si decide presentarse a la plaza y la gana se incorporará a la administración.
Otro problema no menor que se puede encontrar la Generalitat es el de las indemnizaciones por despido de aquellos trabajadores que pierdan su puesto cuando salgan las plazas a concurso-oposición.
Al ser personal indefinido, en muchos casos con más de 15 años de antigüedad en la empresa, y al haberse subrogado la Conselleria de Sanidad en todos los derechos y obligaciones con la plantilla, sería la Administración la que tendría que afrontar ese pago millonario.
De hecho, aunque la administración quisiera quedar únicamente la infraestructura del hospital y no asumir a los trabajadores, algo que la consellera de Sanidad Carmen Montón no ha puesto sobre la mesa, tendría que asumir igualmente el personal por tratarse de una sucesión.
La desprivatización de la Unidad de Hospitalización Domiciliaria (UHD) el pasado 1 de agosto ya empezó a poner problemas sobre la mesa con 16 trabajadores. El motivo: el mantenimiento del personal que prestaba ese servicio, al haberse subrogado el Consorcio que dirige el hospital en la relación laboral que la empresa contenía esos 16 empleados.
Problema porque, al mismo tiempo, ha convertido esas plazas en estatutarias con fecha 1 de agosto, momento a partir del cual, según la normativa de contratación, el personal que las ocupe de forma interina hasta que se convoque el concurso-oposición debe seleccionarse de las bolsas de trabajo del hospital.