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València autoriza la apertura de casetas de venta en el paseo marítimo del Cabanyal desde el 25 de mayo

3/05/2024 - 

VALÈNCIA (EP). La Junta de Gobierno Local (JGL) del Ayuntamiento de València ha aprobado este lunes las bases para la convocatoria de la concesión de autorizaciones para las casetas de venta en el paseo marítimo de la playa del Cabanyal, durante la temporada estival de 2024.

En total, se concederán 81 módulos, de tres metros de ancho por tres metros de profundidad, donde las personas autorizadas instalarán su actividad comercial. Estas podrán iniciar su montaje con dos días de antelación al inicio de la actividad, siempre que sea con posterioridad al 25 de mayo, una vez se haya aprobado a las personas autorizadas para el ejercicio de venta.

Se deberán amoldar al modelo de caseta elaborado por la Oficina Técnica y todos los gastos derivados de su alquiler, instalación y desmontaje estarán a cargo de las personas solicitantes. El desmontaje se deberá efectuar entre los días 30 de septiembre, último día en que se podrá tener la caseta abierta, y el día 5 de octubre, ha indicado el consistorio en un comunicado.

La venta se podrá iniciar una vez haya sido aportada la documentación requerida y se expida el correspondiente permiso. El horario de apertura será de 11.00 a 23.00 horas de lunes a jueves, y de 11.00 a 00.00 horas de viernes a domingo.

Respecto a los productos autorizados para la venta, se podrá comerciar con artesanía, marroquinería, bisutería, piedras semipreciosas, cerámica, láminas, dibujos, pinturas, souvenirs, etc. También artículos de madera, juguetes, artículos de playa y gafas de sol (con la correspondiente homologación mediante la marca CE).

Los artículos de playa que se podrán vender son sombreros, gorras, chanclas, sandalias, pelotas de playa, toallas, hamacas, flotadores, manguitos y cubos, entre otros. Asimismo, se permitirá la venta de pareos o bañadores, y queda prohibida la venta de ninguna otra clase de calzado o de ropa que no sea de verano, así como la realización de tatuajes, piercings, trenzas en el pelo, caricaturas, etc.

Podrán solicitar la autorización las personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos: estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social; en el caso de personas extranjeras y nacionales de países que no sean miembros de la Unión Europea, deberán estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia y de trabajo por cuenta propia; y no tener deudas con el Ayuntamiento.

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 10 días hábiles, a partir de la publicación de las presentes bases en el tablón de anuncios del Servicio de Comercio y Mercados y en la página web municipal.

En concreto, las solicitudes de autorización podrán presentarse en cualquiera de los registros municipales del Ayuntamiento, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en las oficinas de asistencia en materia de registros.

También podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes a través de la sede electrónica, para lo que habrán de disponer de certificado electrónico.

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