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La Junta de Gobierno Local ha aprobado este viernes una batería de medidas para ayudar

València bonificará el Impuesto de Construcción para inmuebles afectados por la Dana

Foto: EFE/ANA ESCOBAR
8/11/2024 - 

VALÈNCIA (EFE). El Ayuntamiento de València impulsará el expediente para aprobar una nueva bonificación del 95 % en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), relativa a las obras de reconstrucción de inmuebles afectados por la Dana.

La Junta de Gobierno Local ha aprobado este viernes una batería de medidas para ayudar, desde el ámbito fiscal y tributario, a paliar las consecuencias que la Dana del pasado 29 de octubre está ocasionando a los contribuyentes de las pedanías de La Torre, El Forn d’Alcedo y Castellar-l’Oliveral, ha informado el Ayuntamiento.

En primer lugar, se ha acordado hacer extensiva, hasta el 5 de febrero de 2025, la ampliación del plazo de pago voluntario de aquellos tributos cuya cobranza terminó el pasado jueves 31 de octubre.

Estos son los impuestos sobre vehículos de tracción mecánica; sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, y sobre actividades, y las tasas por la prestación del servicio de mercados y las aplicables a la venta no sedentaria, y por instalación de quioscos en la vía pública.

Junto a esta medida, se ha acordado impulsar el expediente para aprobar una nueva bonificación del 95 % en el Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras (ICIO), relativa a las obras de reconstrucción de inmuebles afectados por la Dana.

Se estudia no aplicar la tasa de recogida de residuos

Asimismo, se ha acordado también iniciar el procedimiento para no cobrar la tasa por la prestación de los servicios funerarios municipales de cementerios cuando el fallecimiento se haya producido como consecuencia de los efectos de la Dana.

Foto: AYUNTAMIENTO DE VALÈNCIA

También ha iniciado el procedimiento para no proceder al pago de las tasas relativas a Actuaciones Urbanísticas, y se estudia no aplicar la tasa por la recogida de residuos en las pedanías damnificadas.

Por lo que respecta a determinadas tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público, se ha acordado no proceder al cobro y devolver a prorrata por el tiempo en que la ocupación efectiva no se haya podido producir como consecuencia de los efectos de la Dana.

Esta iniciativa se extiende a las tasas por entradas de vehículos a través de las aceras, y reservas en la vía pública para aparcamiento exclusivo y para carga y descarga de mercancías de cualquier clase (vados).

También afecta a la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa; las tasas por instalación de quioscos en la vía pública, y las aplicables en mercados extraordinarios, mercadillos, rastros y cualquier otro tipo de venta no sedentaria.

Además, tampoco se cobrarán algunas tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público cuando la ocupación efectiva o hecho imponible sea consecuencia directa de labores de reconstrucción como consecuencia de las inundaciones.

Foto: EFE/ANA ESCOBAR

En concreto, se exonera del pago en dichos supuestos de las tasas por apertura de calicatas y zanjas en terrenos de uso público y cualquier remoción de pavimento o aceras en la vía pública, así como de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes de dominio público con mercancías, materiales de construcción y otras ocupaciones análogas.

Peticiones al Gobierno

Finalmente, el equipo de Gobierno local ha aprobado instar al Gobierno de España a que, en el marco de la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, acuerde también para el año 2025 la exención en el IBI y la reducción en el IAE aprobadas para el ejercicio 2024.

Asimismo, pide que se que se compense al Ayuntamiento por la disminución que se produzca en los ingresos locales por dichos impuestos y las tasas anteriores vía Presupuestos Generales del Estado o norma estatal que se apruebe.

Del mismo modo, se solicita al ejecutivo central que flexibilice los requisitos para acogerse a la exención en el IBI, entre los que figuran no condicionar la exención al realojamiento total o parcial de las personas en otra vivienda distinta, al ser frecuentes en las pedanías las viviendas de al menos dos alturas en las que se ha inundado y dañado la planta baja mientras las familias damnificadas permanecen en la planta vivienda.

Por último, se insta al Gobierno a hacer extensiva al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, para los ejercicios 2024 y 2025, la exención/reducción acordada para el IBI e IAE, dado el elevado número de vehículos afectados. 

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