VALÈNCIA. El gobierno municipal de València dio luz verde el pasado viernes a la modificación del reglamento de desempeño de funcionarios que rige la carrera horizontal en el seno del Ayuntamiento de València. Uno de los cambios fundamentales tiene que ver con dos factores que puntúan en el progreso horizontal de los empleados públicos: la formación y la transferencia de conocimiento. Así pues, el nuevo texto otorgará más peso a la mejora formativa del empleado municipal que se encuentre en los primeros estadios de la carrera horizontal.
Según explican fuentes de la concejalía de Personal, que dirige Luisa Notario, "carece de sentido" que se exija a empleados poco experimentados, que están en las primeras fases de la carrera horizontal o incluso que acaban de llegar, haber transferido conocimientos a otros trabajadores municipales con menor experiencia. Por ello el nuevo texto modifica este aspecto en las categorías profesionales inferiores, para las cuales se trasvasarán puntos relativos a la transferencia de conocimiento para la formación. Y en ese mismo sentido, se eliminará la exigencia de transferir conocimientos al personal recién incorporado.
Al mismo tiempo, y coherentemente con lo anterior, los cambios en el mencionado reglamento también incluyen un refuerzo en el peso que se le da a esa misma transferencia de conocimiento en las categorías avanzadas de la carrera profesional. "Atendiendo a la previsible incidencia del relevo generacional en las administraciones en general, y en este Ayuntamiento en particular, se hace muy necesario que este conocimiento se transfiera", explican en el departamento de Notario, por lo que para pasar del tercer escalón al cuarto se incluirá como requisito específico asegurar esa transferencia de conocimiento.
Hay que recordar, en este sentido, que pasar al cuarto escalón supone una experiencia y conocimientos acumulados de 24 o más años. "Con esta redacción se pretende preservar para la institución aquellos que esos conocimientos adquiridos que residen en la mente de las personas empleadas, y que resulta de sumo interés para el buen resultado del desempeño del puesto de trabajo", subrayan en el Ayuntamiento, quienes inciden en resaltar que se trata "del conocimiento tácito, aquel no formalizable que va mucho más allá de lo que pueda quedar definido en un procedimiento formal".
Otro de los pasos que da el cambio es otorgar una mayor responsabilidad a los jefes de Servicio en la consecución de los objetivos colectivos, de manera que una de sus misiones principales será establecer, impulsar y controlar la consecución de estos objetivos. ¿Cómo se ha hecho? Uno de los factores con los que se puntúa al personal municipal para avanzar en la carrera es precisamente el de la consecución de estas metas comunes. En el caso de las jefaturas de servicio, este factor contará hasta el 50% de los puntos exigibles.
Por otro lado, y entrando en terreno más organizativo y procedimental, el nuevo redactado del reglamento recoge la desaparición de la Coordinación General Técnica de Innovación Organizativa -tras la jubilación de su último responsable, Josep Vicent Cortés- y reestructura la gestión de la carrera administrativa horizontal en tres servicios en el seno de la concejalía de Gestión de Recursos. Estos servicios serán el de Evaluación de Servicios y Personas y Gestión de Calidad, el de Formación y Gestión del Conocimiento y el de Carrera y Optimización en la Gestión de RR.HH.
Además, se agilizará algunos mecanismos y trámites, como el del paso del tercer escalón al cuarto, y se ampliarán las acciones formativas que pueden dar puntos a los empleados. Al hilo de esto último, se diferenciarán tres tipos de cursos: cursos atingentes con el puesto de trabajo o transversales para cada puesto de trabajo; cursos complementarios a dichas funciones y cursos que no tengan nada que ver con éstas funciones.