EL futuro REGLAMENTO PREVÉ QUE COBREN HASTA DOS AÑOS DESPUÉS DE PERDER EL ACTA

València pagará durante dos años a los exconcejales que no puedan trabajar por incompatibilidades 

11/01/2018 - 

VALÈNCIA. La comisión de Hacienda y Coordinación Jurídica del Ayuntamiento de València celebrará el próximo lunes, 15 de enero, una sesión en la que sólo se tratará un tema: el nuevo reglamento orgánico del Pleno. Este texto, fundamental, será el que rija el devenir del gobierno municipal durante los próximos años. 

El documento, que ya ha sido remitido a los miembros de la oposición, incluye algunas de las enmiendas que han presentado estos partidos, Ciudadanos y PP, y que les han sido ya respondidas por la Secretaría del Ayuntamiento. Una de las más llamativas es la conciernente a la compensación económica que recibirán los concejales una vez abandonen su cargo. 

El reglamento observa que, los dos años siguientes a la finalización de su mandato, los ediles puedan tener acceso a una compensación económica si no encuentran trabajo. Este derecho será solo para los representantes municipales que hayan ejercido su cargo “con dedicación exclusiva y ostentado responsabilidades ejecutivas en las diferentes áreas en que se organice el gobierno local”; es decir, no vale para la oposición.

Para justificar esta decisión se acude a las limitaciones al ejercicio de actividades privadas establecidas en el artículo 15 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. A estos efectos, se señala el punto en el que se especifica que el Ayuntamiento “podrá contemplar una compensación económica durante ese periodo para aquéllos que, como consecuencia del régimen de incompatibilidades, no puedan desempeñar su actividad profesional, ni perciban retribuciones económicas por otras actividades”. 

El PP quería ampliar el concepto

En una enmienda presentada por el PP se proponía ampliar el texto y así en lugar de hablar sólo de compensación económica optaban por “una pensión indemnizatoria, prestación compensatoria y cualquier otra percepción económica, —que en ningún caso será superior a la percibida en el ejercicio inmediato anterior—”. 

En su justificación, desde el PP se apuntaba que pretendían clarificar el texto, al citar de forma expresa los artículos 6 y 7 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, que regula la compensación tras el cese y el régimen de indemnizaciones para los concejales. 

Desde el consistorio se ha rechazado ampliar el contenido de los derechos económicos de los concejales. No obstante, la enmienda se ha aceptado de forma parcial, y en el texto del secretario municipal se menciona que se recogerá de forma expresa que esta compensación económica “queda sujeta a los límites”  de la norma estatal. 

Desde el PP, su portavoz, Eusebio Monzó, explicó que desde su grupo lo que se había pretendido es que se garantizase que los concejales, cuando dejen sus cargos, “no puedan cobrar los dos años por incompatibilidades si no hay una justificación muy clara”. 

En total, el PP ha presentado 57 alegaciones al reglamento, mientras que Ciudadanos ha presentado nueve. En ambos casos la mayoría de las enmiendas han sido rechazadas, si bien en el de Ciudadanos un buen número de sus propuestas no han sido desestimadas de hecho y se ha dejado abierta la posibilidad a que se incorporen al reglamento, si el gobierno municipal así lo decide finalmente. 

Ese es el caso, por ejemplo de una enmienda presentada por el grupo que lidera Fernando Giner, en la que se busca una mayor participación. En ella se propone que al finalizar cada una de las sesiones ordinarias del pleno se conceda la palabra a un colectivo u organización de la sociedad civil a fin de que exponga sus problemas reales y necesidades durante un periodo de intervención de cinco minutos.

Si bien la Secretaría Municipal plantea hasta tres objeciones distintas, en su conclusión no se manifiesta contraria a la incorporación de la enmienda al texto definitivo. Así, se señala que “no existe inconveniente legal en su aceptación y corresponde al Ayuntamiento aceptarla o no”. De aceptarse, se adicionaría un punto 4 al artículo 58, con la redacción que se considerara más adecuada. 

Enmienda sobre tránsfugas 

También es igualmente significativa otra enmienda presentada por la formación naranja para limitar los derechos de los concejales tránsfugas. Se trata en concreto de una propuesta de adición a los artículos 24 y 32.3 referidos a este punto. 

Desde Ciudadanos, donde se señala al transfuguismo como “una de las lacras más destacables en democracia”, se pedía, entre otras cuestiones, desde que los tránsfugas no tuvieran derecho a emplear medios humanos proporcionados por el ayuntamiento, hasta limitar su tiempo de participación en los plenos. 

La Secretaría del Ayuntamiento ha rechazado esta enmienda, aduciendo que los derechos de los no adscritos ya están regulados en “la legislación local y la jurisprudencia constitucional”. Igualmente se recuerda que hay “un marco flexible” para que sean la Alcaldía, la Junta de Portavoces y el Pleno, según sus respectivas competencias, los que decidan en cada supuesto real y concreto que pueda producirse. 

Noticias relacionadas