VALÈNCIA. La presión del alquiler turístico se ha convertido en uno de los vectores de cambio urbano más visibles en el área metropolitana de València. Los municipios reciben cada vez más consultas, solicitudes y movimientos de pequeños inversores que buscan transformar viviendas en alojamientos de corta estancia. Ese desplazamiento empieza a generar inquietud entre los ayuntamientos, quienes temen que se reproduzca el mismo patrón de expulsión y encarecimiento que ya se observa en múltiples barrios del Cap i Casal.
Como otros consistorios en los últimos meses, Aldaia también se ha querido anticipar a ese escenario. Esta semana, el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó un anuncio del ayuntamiento que aprueba una serie de criterios del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para viviendas de uso turístico. Se trata de un instrumento menos vistoso que una moratoria o un cambio normativo ad hoc, pero con un efecto igual de significativo, ya que endurece las medidas sobre este tipo de alojamientos y acota sus posibles ubicaciones.
Así, la principal novedad reside en cómo clasifica Aldaia las viviendas turísticas. El consistorio sostiene que son una actividad económica de hospedaje equiparable al uso hotelero. Esa comparación supone que entran en juego las mismas reglas del PGOU que se aplican a hoteles y a usos similares. En otras palabras, todo ello implica que el piso turístico pasa a competir con actividades terciarias y debe cumplir con requisitos de seguridad, accesibilidad y convivencia mucho más elevados.
Bajo esta premisa, el ayuntamiento fija que, en suelo urbano, las viviendas turísticas solo podrán instalarse en edificios completos en el núcleo histórico o en la totalidad del edificio o de las plantas altas en zonas de ensanche. Quedan descartados los casos en los que un propietario pretenda dedicar únicamente una planta o un bajo, incluso con acceso independiente, si ello implica compartir elementos comunes con vecinos residenciales.
Convivencia vecinal y seguridad
En el texto municipal, se exponen razones de convivencia vecinal y de seguridad. El consistorio señala que un alojamiento turístico genera entradas y salidas continuas, servicios asociados y una rotación de huéspedes que resulta más compatible si el edificio se dedica en exclusiva a esa actividad. El enfoque es similar al de otros municipios mediterráneos que intentan reducir las fricciones entre residentes permanentes y turistas, evitando que un solo piso turístico "colonice" una escalera tradicional.
A las restricciones urbanísticas se suman obligaciones administrativas y técnicas que también filtran el acceso al mercado. De este modo, quienes quieran construir viviendas turísticas en Aldaia deberán contar con el informe municipal de compatibilidad urbanística; su inscripción en el Registro de Turismo de la Generalitat y cumplir normas autonómicas de diseño, evacuación, accesibilidad, climatización, Internet, servicio de atención y limpieza.
En el plano privado, la actividad requiere además autorización expresa de la comunidad de propietarios, un requisito que suele frenar operaciones en viviendas en régimen de propiedad horizontal. La medida puede tener implicaciones inmediatas para solicitudes en curso y para pequeños propietarios que planeaban diversificar rentas.