Comarca y empresa

Canet tendrá que revisar el acuerdo de mantenimiento de agua potable suscrito con Egevasa en 2004

La Tribunal Supremo da la razón a Aqlara, que considera que el contrato con Egevasa de 2004 es irregular

  • Planta potabilizadora de Egevasa.
Suscríbe al canal de whatsapp

Suscríbete al canal de Whatsapp

Siempre al día de las últimas noticias

Suscríbe nuestro newsletter

Suscríbete nuestro newsletter

Siempre al día de las últimas noticias

CANET D'EN BERENGUER. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite de los recursos de casación presentados por el Ayuntamiento de Canet d’en Berenguer y Egevasa (Empresa General Valenciana del Agua, S.A.) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana de 31 de marzo de 2025. En la práctica, esto podría suponer que el consistorio canetero podría tener que revisar de oficio el contrato de gestión de aguas de la localidad y, en tal caso, volver a licitarlo en los próximos meses. La decisión, con fecha de 11 de marzo de 2026,que se hará pública en los próximos días, es firme e impone el pago de 2.500 euros de costas  las dos partes que presentaron el recurso de casación.

Según fuentes del Ayuntamiento, “como no podría ser de otro modo, este Ayuntamiento va a acatar la decisión y, de hecho, ya se han iniciado los trámites, pese a que la sentencia aún no se ha hecho pública. Una vez más, los vecinos y vecinas y el propio consistorio nos vemos obligados a asumir decisiones adoptadas por anteriores administraciones, ya que el contrato se firmó en 2004 y se prorrogó en 2009”.

La citada sentencia del TS es la respuesta a la decisión del TSJCV, de 31 de marzo de 2025, ante la solicitud de Aqlara, de pedir la revisión de oficio del acuerdo entre el consistorio y Egevasa (participada por la Diputación de Valencia y la antigua Aguas de Valencia). El 2 de marzo de 2023, un acuerdo municipal, con solo una abstención, rechazó las pretensiones de Aqlara de proceder a la citada revisión que, ahora, tendrá que llevarse a cabo.

Los hechos a los que se refiere este largo proceso comenzaron en 2004 cuando el Ayuntamiento otorgó a Egevasa la gestión del servicio de agua potable y alcantarillado de la localidad. En 2009, el consistorio y la mercantil acordaron una prórroga. 

Campaña de mentiras

La decisión del Tribunal Superior, como en su día la del TSJCV, vuelve a poner en entredicho la campaña orquestada por la fantasmagórica Plataforma de Afectados por las Actividades Delictivas de Sancho Semper, en alusión al exsecretario del ayuntamiento, José Antonio Sancho Sempere, condenado en 2022 por prevaricación.

Esta entidad, que carece de personalidad jurídica y de miembros conocidos (más allá de su fundador, el abogado jubilado José Ignacio Torres), aprovechó este caso para difundir el bulo de que el proceso podría suponer un coste de cinco millones para el ayuntamiento, sentar en el banquillo a todos los miembros de todas las juntas de gobierno del consistorio valenciano desde 2024 y a todos los funcionarios implicados en la elaboración del informe anulado. La realidad es que, 20 años más tarde, no hay ningún proceso penal o civil en marcha y ni uno solo de los aludidos está siendo investigado, sin contar que las responsabilidades legales -si las hubiera habido- se extinguieron hace una década.

Recibe toda la actualidad
Valencia Plaza

Recibe toda la actualidad de Valencia Plaza en tu correo

Casa 47 adjudica la redacción de proyecto para construir 30 viviendas destinadas a alquiler asequible en Utiel
L'Ajuntament d'Algemesí habilita un nou aparcament provisional a la zona de l’estació