VALÈNCIA (EP). El pleno del Consell ha aprobado este viernes el decreto que articula el nuevo Reglamento de selección, movilidad y provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat, una norma que actualiza y adapta estos procedimientos a la Ley 4/2021 de la Función Pública Valenciana.
El nuevo reglamento establece un marco normativo que garantiza la "seguridad jurídica" de los procesos de selección, provisión y movilidad del personal, así como el "respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público", según ha informado la Generalitat en un comunicado.
La nueva regulación sustituye al Decreto 3/2017, que hasta ahora regulaba estas materias y que debe adaptarse a las previsiones introducidas por la Ley de Función Pública Valenciana. El nuevo texto pretende, además, "simplificar y aclarar determinados procedimientos y dar respuesta a las nuevas necesidades de la Administración".
El reglamento regula los diferentes sistemas de acceso al empleo público (oposición, concurso-oposición y concurso) y establece, tal y como prevé la Ley de Función Pública, la oposición como sistema "ordinario y preferente", reservando al menos el 50 por ciento de los puestos de la oferta pública de empleo anual para esta modalidad.
Asimismo, se refuerzan las garantías de los procesos selectivos, con criterios sobre la composición y funcionamiento de los órganos técnicos de selección, la confidencialidad y el anonimato de las pruebas escritas y la posibilidad de conservar la nota de determinados ejercicios para la convocatoria siguiente cuando se superen los umbrales establecidos.
Novedades
Una de las principales novedades es la creación de una Comisión Permanente de Selección como "órgano especializado y permanente para la ejecución de determinados procesos selectivos", con el objetivo de mantener criterios homogéneos en las distintas convocatorias.
La norma mantiene y desarrolla medidas específicas para favorecer el acceso al empleo público de las personas con discapacidad y garantizar la igualdad de oportunidades y la accesibilidad universal.
En este sentido, de conformidad con lo previsto en la Ley de Función Pública, las ofertas de empleo público reservarán un mínimo del 10% de las vacantes para personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, con el objetivo de alcanzar al menos un 3% del total de efectivos.
La reserva del mínimo del 10% se realizará de manera que al menos el 5% de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual o enfermedad mental, reservando un porcentaje específico del 3% para personas con discapacidad intelectual y un 2% para personas con enfermedad mental y el resto de las plazas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad o diversidad funcional.
Además, se contempla la posibilidad de convocatorias específicas para personas con discapacidad intelectual y medidas de adaptación de las pruebas y de los puestos de trabajo.
El nuevo reglamento dedica una parte sustancial de su contenido a la provisión de puestos y la movilidad del personal funcionario, mediante concursos ordinarios y específicos, libre designación y otros sistemas de provisión temporal.
También regula las comisiones de servicios para la puesta en marcha de proyectos y para el desempeño de funciones especiales no asignadas específicamente a un puesto, una herramienta especialmente útil para reforzar determinadas necesidades de la Administración ante sobrecargas imprevistas o situaciones de emergencia.
La norma incorpora igualmente una regulación específica de la adaptación o cambio de puesto por motivos de salud o discapacidad, la rehabilitación de la condición de personal funcionario, la movilidad interadministrativa y las distintas modalidades de movilidad forzosa.
Bolsas de empleo temporal
Esta normativa también establece nuevas previsiones para la selección del personal temporal y la constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal, vinculadas a las correspondientes ofertas de empleo público.
Asimismo, incorpora la regulación del grado personal del funcionario de carrera e interino, así como de los planes de ordenación de recursos humanos, como instrumentos para mejorar la planificación, distribución, formación, promoción profesional y movilidad del personal de la Generalitat.
El reglamento se completa con la creación de la Comisión de Estudio de la Discapacidad, órgano encargado de prestar asesoramiento para hacer efectivo el acceso al empleo público, la provisión y la promoción profesional de las personas con discapacidad.
El nuevo texto legal responde a la necesidad de actualizar la regulación de los procesos de selección y provisión de puestos y de adaptarla al marco establecido por la Ley de Función Pública Valenciana, y ha sido objeto de negociación con representantes sindicales.