VALÈNCIA. El Consell de Carlos Mazón no ha sancionado a ningún gran dueño de viviendas vacías desde que accedió al Palau de la Generalitat en julio de 2023. La normativa valenciana en materia de vivienda, aprobada en 2017 y todavía vigente, ordena a la Generalitat multar a aquellos grandes tenedores (los que poseen más de diez inmuebles) que tengan alguno de sus bienes sin sacar al mercado del alquiler social durante un periodo superior a seis meses. Es la propia conselleria del ramo, dirigida por Susana Camarero, la que admite esta información al responder por escrito a una pregunta parlamentaria realizada por el grupo socialista en Les Corts donde indica que no se ha multado a ningún gran propietario.
La respuesta por parte de la conselleria llegó este jueves, pero la pregunta se registró el pasado 17 de octubre. En la solicitud se pedía conocer cuántas sanciones a grandes tenedores de vivienda se han aplicado en la Comunitat desde julio de 2023 y en aplicación de ley 2/2017 de 3 de febrero por la función social de la vivienda. "Se informa que, en fecha 18 de junio de 2025, no consta la incoación de ningún procedimiento sancionador por incumplimiento de dicha ley, por lo que no se ha impuesto ninguna sanción en esta materia", responde la conselleria.
En el mismo escrito, la conselleria responde también a la petición de facilitar la cifra de viviendas vacías en manos de grandes propietarios inscritas en el Registro de Viviendas Deshabitadas de la Generalitat. En concreto, hay 1.773 inmuebles que pertenecen a grandes tenedores según este registro, un dato que se antoja muy alejado de la realidad del parque inmobiliario, puesto que la inscripción en el registro es una obligación que no cumplen todos los grandes propietarios. Cabe señalas que este registro no es obligatorio para los pequeños propietarios, por lo que es una regulación que afecta especialmente a bancos y fondos.
En concreto, es el decreto 130/2021, de 1 de octubre, del Consell, de aprobación del reglamento para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas, que desarrolla la ley 2/2017, de 3 de febrero, por la función social de la vivienda de la Comunitat Valenciana, la que contempla estas sanciones para promover que aquellos con más de diez viviendas en su propiedad no las mantengan vacías ante la crisis de emergencia habitacional que hay. Bajo este paraguas, la Generalitat llegó a sancionar en 2023 a cinco grandes propietarios.

- Personas frente a una inmobiliaria. -
- Foto: EP
«Así mismo, la notificación advertirá de la posible ejecución forzosa mediante la aplicación de multas coercitivas y de la posible iniciación del correspondiente procedimiento sancionador en los términos y plazos previstos en este decreto», reza el artículo 42. Si pasado el medio año desde que se registra el inmueble sigue su condición de deshabitada, la Generalitat debe sancionar con una cuantía equivalente al precio mensual por metro cuadrado de un alquiler establecido para las viviendas de protección pública multiplicado por el número de metros cuadrados útiles de superficie y por la cantidad de meses transcurridos desde el anterior pago. «El inicio del cómputo del plazo de seis meses para que en caso de no producirse y acreditarse el cumplimiento de la medida pueda imponerse multas coercitivas», señala el artículo 43 del decreto.
Por su parte, la cartera que dirige Susana Camarero ya ha expresado en varias ocasiones que no está por la labor de aplicar esta medida (así como la del tanteo y retracto) y que, a su parecer, es suficiente con que paguen el impuesto por vivienda vacía, regulado por el mismo decreto. De hecho, el Consell ha intentado modificar, sin éxito, la ley de la función social de la vivienda este verano.
Y es que el Gobierno valenciano se ha visto obligado a dejar sin efecto el proceso que había iniciado para modificar la ley debido a que existe una sentencia que ha anulado el precepto que se quería modificar. La Conselleria de Vivienda publicó el 18 de agosto en el Diari Oficial de la Generalitat el anuncio de la consulta previa para modificar esa norma aprobada en 2017 a través de la conocida como ley de acompañamiento a los presupuestos autonómicos para 2026.
Previamente, la dirección general de la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo había emitido informe justificativo de la necesidad y oportunidad de modificar el artículo 16 de la ley de la función social de la vivienda, que es el referido a los grandes tenedores de viviendas. No obstante, según se publicó en el DOGV a principios de septiembre, "razones de oportunidad aconsejan dejar sin efecto" la tramitación de la modificación normativa propuesta, ya que "existe una sentencia que ha anulado el precepto que se quería modificar".
El PSPV-PSOE acusó el pasado sábado al Consell de pretender modificar esta ley de vivienda con "oscurantismo y mala fe", mediante un anuncio en pleno verano del inicio de la consulta pública que no había ido acompañado del contenido de la reforma.