VALÈNCIA. La Generalitat Valenciana extiende la prohibición de que los empleados públicos interinos soliciten excedencias automáticas cuando obtengan una plaza a cualquiera de los procesos de oposición de la administración autonómica. En una circular publicada esta semana por la Dirección de Función Pública, se informa de la imposibilidad de que el personal funcionario interino se acoja a la excedencia voluntaria automática de su plaza en propiedad para seguir ocupando un puesto de interino.
Se trata de una prohibición que la Generalitat introdujo de forma excepcional en los procesos de estabilización convocados para acabar con la temporalidad en la administración y que ahora extiende a todas las ofertas públicas de empleo.
En la nueva circular se recuerda que “con la perfección de la condición de funcionario de carrera se produce la extinción de la relación de personal funcionario interino con la administración ya que, para poder tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado, debe cesar con carácter previo en el puesto que se viniera desempeñando”. Esto implica que los funcionarios deberán renunciar a su puesto de trabajo como interinos antes de tomar posesión de su plaza en propiedad y por tanto, no podrán acogerse a la excedencia automática.
La circular aclara que únicamente se permitirá solicitar la excedencia voluntaria automática si la persona es funcionario de carrera en otra categoría antes de tomar posesión de la nueva plaza en propiedad, pero no si se trata de funcionarios interinos o en el caso de ocupar un puesto en mejora de empleo.
"Agravio" a los procesos en marcha
Desde UGT se oponen a esta medida y señalan que supone un agravio a todos los procesos y OPE en marcha. El sindicato afea que se puede dar el caso de que en un mismo proceso unos aprobados hayan podido solicitar la excedencia (al haber tomado posesión antes de que se publicase la circular de esta semana) y otros aprobados de la misma convocatoria ya no puedan hacerlo.
Esta prohibición se pretendía incluir en la Ley 4/2021 de Función Pública a través de la Ley de Acompañamiento que se encuentra actualmente en trámite parlamentario. Sin embargo, y según sostiene el sindicato, la Generalitat Valenciana ha comunicado que un informe de la Abogacía de la Generalitat respalda la aplicación con carácter inmediato de esta limitación. Desde UGT anuncian que solicitarán copia del informe de Abogacía para su información pública y sostienen que sin haber modificado la Ley de Función Pública ahora se cambien los criterios que se han venido siguiendo y que se permitían tanto en la legislación actual como en la anterior ley.

- Imagen de archivo de un examen para el acceso a un empleo público. -
- Foto: EP/JESÚS HELLÍN
Reducir la temporalidad
Cabe recordar que en la circular que emitió el director general de Función Pública, Javier Lorente, en junio de 2024 determinaba la prohibición de las excedencias de funcionarios que hubiesen obtenido plaza en el proceso de estabilización argumentando que el número de excedencias había llegado a alcanzar en algunos casos más de un 60% del total de aspirantes que superan un proceso selectivo. La Generalitat argumentó entonces que se impedía conseguir "el objetivo de reducción de la tasa de temporalidad", que es lo que se busca precisamente con los procesos de estabilización de plazas ocupadas por personal interino desde hace mucho tiempo, en ocasiones varias décadas.
Y por otra, justificaba que si se aplican las excedencias automáticas en estos procesos, pueden afectar "al funcionamiento de determinados servicios públicos, ya que el puesto adjudicado al que no se incorpora la persona [...] continúa vacante malogrando el esfuerzo puesto en marcha para su desarrollo", teniendo en cuenta además de que, si dicha plaza no puede declararse desierta, no se puede hacer un nuevo nombramiento interino para ocuparla.
En ese sentido, la circular insistía en que, "el hecho de mantener nombramientos de personal temporal, nombramientos por mejora de empleo o realizar comisiones de servicio con efectos del mismo día de la toma de posesión, conlleva que el puesto de trabajo vuelva a quedar vacante ese mismo día no consiguiéndose el objetivo propuesto de estabilizar la estructura y produciendo de nuevo vacantes que van a afectar inevitablemente al normal funcionamiento de los servicios públicos y la debida atención a la ciudadanía". Según explicó entonces la Conselleria, la circular perseguía "un objetivo fundamental de reducir la temporalidad en el empleo público", un argumento que ahora parece que se extiende a todos las ofertas de empleo público.