Comunitat Valenciana

Pradas pide a la Audiencia el acceso a las 'cajas negras' de la emergencia tras el rechazo de la jueza de la Dana

La defensa de la exconsellera presenta un recurso de apelación en el que también pide el acceso de un técnico al histórico de los sensores del barranco del Poyo

  • La exconsellera de Justicia y Emergencias de la Generalitat valenciana, Salomé Pradas.
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VALÈNCIA. La defensa de la exconsellera de Emergencias, Salomé Pradas, ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial contra el auto dictado el pasado 21 de julio por la jueza de instrucción de la causa de la Dana. En esta nueva instancia, su defensa solicita el acceso a los registros íntegros de los sistemas Coordcom (112) y WAP (CHJ), considerados como las “cajas negras” de la emergencia.

La exconsellera pide a la Audiencia que "ordene la obtención de la copia íntegra de las comunicaciones de la emergencia investigada, obrantes en el sistema Coordcom, quedando a disposición de todas las partes procesales”. Asimismo, también solicita que "oficie a la CHJ para que aporte a la causa el sistema WAP". El recurso, al que ha tenido acceso Valencia Plaza, también reclama a la jueza instructora Nuria Ruiz Tobarra, que "acuerde la designación de un técnico propio de la CHJ, o bien autorice el acceso a un tercero cualificado, con la finalidad de recopilar los datos históricos de los sensores de caudal ubicados en la rambla del Poyo".

La defensa insiste en que los registros solicitados tienen una relevancia vital e irrepetible, pues contienen información objetiva sobre cómo se gestionó la crisis y qué datos se manejaron en tiempo real. Alegan que sin su incorporación al procedimiento se genera una “patente indefensión” y se vulnera el derecho fundamental a la defensa.

Como apoyo a sus argumentos, el escrito recoge fragmentos de declaraciones testificales de técnicos e integrantes del Centro de Coordinación de Emergencias, así como el informe reciente de la Guardia Civil sobre la cronología del suceso. Todos ellos, apuntan al papel de la CHJ como organismo técnico encargado de interpretar los datos hidrológicos, y a una posible falta de coordinación o retraso en la difusión de información crítica.

El escrito sostiene que la intención no es acceder a un volcado general ni conocer información irrelevante sino “a consulta de las comunicaciones íntegras directamente relacionadas con la emergencia que nos ocupa”.

Cecopi en los últimos 10 años

La defensa de la exconsellera también solicita a la jueza de la Dana que pida a la Generalitat saber cuántas alertas rojas se han decretado en los últimos 10 años y en cuántos de esos casos se procedió a la convocatoria de un CECOPI tras las mismas. Argumentan para esta petición que así se dispondrá de un elemento de contraste "muy relevante, para poder apreciar la excepcionalidad de la constitución del CECOPI el día 29 de octubre de 2024, especialmente ante las afirmaciones de tardanza sostenidas por algunas acusaciones y recogidas en determinados autos".

"Esta diligencia permitirá establecer un marco comparativo basado en hechos, que ayudará sin duda a determinar si la actuación del 29 de octubre de 2024 se ajustó a los protocolos habituales y a la práctica seguida ante situaciones de emergencia en las que se declaró la alerta roja", sostienen.

Añaden que de ese modo se podrá "valorar adecuadamente si la temporalidad de la convocatoria del CECOPI fue una anomalía o una pauta recurrente, lo cual es fundamental para la correcta valoración de las posibles responsabilidades en el procedimiento". Por otro lado, entre los documentos que aportan al juzgado está la nota de prensa de la Conselleria de Emergencias e Interior, por la que se informa del inicio de la actualización del Plan Territorial de Emergencias de la Comunitat Valenciana, en el que se va a incluir un nuevo procedimiento de actuación para la gestión del sistema de alerta a la población Es-Alert.

A su juicio, "es fundamental para contextualizar el marco normativo y operativo vigente en materia de emergencias en la Comunitat Valenciana en la fecha de los hechos que se instruyen en esta causa, concretamente el día 29 de octubre de 2024".

Pliegos del contrato del SAIH

Asimismo, pide que se incorpore copia de los pliegos de la licitación del contrato del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH), en los que se recogen los requisitos que deben cumplir las empresas licitadoras, entre ellos, el de contar con personal especializado. Recuerdan que la empresa a la que fue adjudicado el contrato de servicios fue MATINSA.

Sostienen que "la aportación de estos pliegos es imprescindible para verificar los requisitos técnicos y profesionales exigidos a la empresa para la correcta operación y mantenimiento del SAIH, especialmente en lo relativo a la necesidad de contar con personal especializado". Agrega que "permiten evaluar la diligencia en la contratación y en la supervisión del servicio, así como determinar si hubo un cumplimiento adecuado de las obligaciones contractuales por parte de la empresa adjudicataria".

"Su análisis es fundamental para deslindar posibles responsabilidades y para comprender si eventuales deficiencias en el funcionamiento del sistema pudieron derivar de un incumplimiento de las condiciones establecidas en la licitación", concluye.

Recurso de reforma previo

Antes de interponer este recurso de apelación, la defensa de Salomé Pradas ya presentó un recurso de reforma ante el propio Juzgado de Instrucción nº 3 de Catarroja, que fue desestimado mediante auto de 21 de julio de 2025. En esa resolución, la jueza instructora rechazó practicar las diligencias solicitadas por considerar que carecían de la concreción necesaria o que la información ya constaba en autos. La apelación ahora elevada a la Audiencia Provincial de Valencia impugna expresamente esa negativa, al entender que dicha decisión "vulnera el derecho de defensa y priva al procedimiento de pruebas técnicas objetivas que podrían ser determinantes para esclarecer la responsabilidad penal de la investigada".

Este recurso de apelación surge justo después de que la Audiencia Provincial de Valencia desestimara en junio el recurso anterior de Pradas, confirmando que los indicios eran suficientes para investigarla. El tribunal destacó que el auto de imputación emitido por la jueza era “procesalmente inevitable” y que existía una hipótesis fáctica sólida basada en datos recogidos durante la emergencia, apuntando a que Pradas “contaba o podía contar” con información sobre los caudales y el riesgo real de desbordamiento. 

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