Comunitat Valenciana

Sanidad reforzará la lucha contra las agresiones a sanitarios con multas de entre 500 y 60.000 euros

El departamento que dirige Marciano Gómez plantea reformar la ley de Salud a través de la ley de Acompañamiento de 2026 para introducir cambios en parte del articulado de cara a reducir el número de agresiones a profesionales

  • Imagen de archivo.
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VALÈNCIA. La Conselleria de Sanidad pretende endurecer las medidas de cara a reducir las agresiones a profesionales sanitarios. Tal y como publicó Plaza a mediados de agosto, el departamento que dirige Marciano Gómez plantea reformar la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud, con la intención de reforzar la prevención y la respuesta frente a las agresiones que sufren los profesionales del sistema valenciano de salud. Una modificación que se prevé que se lleve a cabo a través de la ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2026. 

En este sentido, Sanidad incluirá un régimen sancionador por tipo de agresión con multas que irán desde los 500 hasta los 60.000 euros, según la gravedad del asunto. Además, los profesionales sanitarios podrán renunciar a atender a un paciente que les haya agredido, siempre y cuando ello no conlleve la desatención del paciente. Así lo revela de la propuesta del texto a incluir en la ley de Salud y que actualmente se encuentra en fase de información pública

La ley de Salud definirá las agresiones en el ámbito sanitario, una violencia que puede manifestarse "tanto dentro de las instalaciones o centros sanitarios como fuera de ellos". Además, será considerado como agresión sanitaria el daño patrimonial o en los bienes del personal de instituciones sanitarias. También incorporará como deber de los pacientes que mantengan el respeto al personal de instituciones sanitarias "absteniéndose de realizar actos que puedan suponer lesión o menoscabo de su seguridad e integridad física y moral en el desempeño de sus funciones". 

Tres tipos de agresiones

Como principal novedad, determina las sanciones económicas según el tipo de agresión, dividiéndolas en leves, graves y muy graves. Hasta ahora no existía en la Comunitat Valenciana una tabla propia de sanciones para estas conductas; con esta reforma, Sanidad la introduce por primera vez. Serán consideradas como infracciones leves actos que alteren el normal funcionamiento de los centros sanitarios, el mal uso de las instalaciones sanitarias o daños ejercidos sobre los bienes del personal sanitario, siempre y cuando no constituyan una infracción mayor. 

Como infracciones graves entran cuestiones como faltas de respeto, insultos o daños en bienes personales, cuando no constituyan infracción leve o muy grave. También el deterioro de las instalaciones sanitarias, cuando afecte al normal funcionamiento de las mismas; así como haber sido sancionado por dos o más infracciones leves en los últimos tres años. 

Por otro lado, se considerarán infracciones muy graves conductas de acoso, coacción, amenaza, ataques, atentados contra la libertad sexual y daños en bienes personales cuando no constituyan infracción leve o grave. También serán incluidas dentro de este tipo de agresiones el deterioro de instalaciones sanitarias, cuando suponga "una alteración o riesgo sanitario grave", así como haber sido sancionado por dos o más infracciones graves en los últimos cinco años.

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Las multas de infracciones leves irán desde los 500 hasta los 5.000 euros. En el caso de infracciones graves, se interpondrá una sanción de entre 5.001 y 15.000 euros; mientras que aquellas consideradas como muy graves serán sancionadas con multas de entre 15.001 y 60.000 euros. En el caso de infracciones graves o muy graves también se podrá acordar que la persona infractora cambie de profesional asignado o incluso de centro sanitario.

Las competencias para ejercer estas sanciones serán del titular de cada dirección territorial de la Conselleria de Sanidad, en el caso de infracciones leves; del titular de la Secretaría Autonómica de Sanidad, en infracciones graves; y del titular de la Conselleria de Sanidad, en infracciones muy graves. La imposición de una sanción no será incompatible con la obligación de la persona o responsable de una agresión "de reponer la situación alterada a su estado originario", así como de "la reparación de los daños y perjuicios ocasionados por su conducta infractora". También se le podrá exigir el pago de los gastos que suponga la asistencia sanitaria de la víctima de la agresión. 

Cabe mencionar que CCOO planteó alegaciones a la propuesta de la Conselleria de Sanidad considerando que el regimen sancionador debe ser "proporcionado y disuasorio", con multas que, para el sindicato, deben oscilar entre los 300 y los 3.000 euros para infracciones leves; los 3.001 y los 60.000 euros para graves y de los 60.001 a 600.000 euros para muy graves. De esta manera, la propuesta del departamento que dirige Marciano Gómez plantea una horquilla más alta que el sindicato en el caso de infracciones leves, pero más reducida en el caso de las graves y muy graves. 

Renunciar a atender a un paciente agresor

Por otro lado, la Conselleria de Sanidad establecerá a través de esta modificación normativa que los profesionales que hayan sido agredidos puedan ejercer el derecho a renunciar a prestar la atención sanitaria a un paciente, siempre y cuando ello no suponga la desatención al paciente en cuestión.

Según detalla la propuesta elaborada por Sanidad, deberá quedar constancia formal de esta renuncia y se deberá informar al usuario o paciente de los motivos por los que el profesional ha mostrado la negativa, así como acerca de qué centro o profesional asumirá su asistencia sanitaria.

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