Comunitat Valenciana

Sanidad retoma el decreto para regular un sistema de alerta precoz y sus retribuciones fuera de horario ordinario

La conselleria lleva a la mesa sectorial una norma que ya intentó aprobar en febrero

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VALÈNCIA. Los eventos catastróficos y sobrevenidos que se han dado en la Comunitat Valenciana en los últimos años como la pandemia o la dana han puesto de manifiesto la necesidad de un sistema de alerta precoz de salud pública que permita prevenir a la población ante amenazas originadas por enfermedades transmisibles, brotes epidémicos, pandemias, alertas alimentarias o ambientales u otras emergencias. Una norma a la que se venía dando vueltas desde hace años -ya partía del Govern del Botànic- y ha pasado por varios directores generales de Salud Pública en el marco del actual Consell sin lograr aprobarla, por lo que volvía a la mesa sectorial de Sanidad este martes para abordarla con los sindicatos. Ya en el mes de noviembre, el conseller de Sanidad, Marciano Gómez, adelantaba la actualización del sistema en el marco del Plan Endavant, la estrategia del Consell activada tras la dana del pasado otoño para reforzar la capacidad de respuesta de los servicios públicos ante situaciones de emergencia.

En ese contexto, el conseller defendía el papel del Sistema de Alerta Precoz de Salud Pública como una herramienta clave para mantener informada a la población ante estas situaciones. En el caso de la Dana, éste señalaba la reducción del impacto sanitario asociado al riesgo de enfermedades tras las inundaciones. Ahora, el nuevo decreto -todavía en fase de borrador-, no crea una estructura nueva, pero sí ordena, estructura y retribuye por primera vez de manera homogénea las guardias localizadas del personal de salud pública fuera del horario ordinario de trabajo. La norma desarrolla reglamentariamente un sistema ya previsto en la legislación sanitaria valenciana y estatal, pero que hasta ahora carecía de una regulación específica para su funcionamiento nocturno, fines de semana y festivos. En la práctica, las alertas se atendían igualmente, aunque con fórmulas dispares de organización y compensación económica según el servicio o la situación concreta.

Un dispositivo de alertas localizadas

Como se apuntaba, el decreto articula el sistema de alerta precoz mediante un dispositivo permanente de cobertura 24 horas, que distingue entre el horario ordinario de trabajo y la atención fuera de ese tramo. Durante la jornada habitual, comprendida entre las 8 horas y las 15 horas de lunes a viernes, la gestión de las alertas recae en los recursos centrales y periféricos de la Dirección General de Salud Pública. Fuera de ese horario, cuando la naturaleza del riesgo no permite demorar la intervención, se activa un dispositivo específico de alerta localizada, diseñado para garantizar una respuesta inmediata ante cualquier amenaza para la salud pública.

Este dispositivo está compuesto por seis unidades: una unidad central de alerta y respuesta rápida, encargada de la coordinación general, y cinco unidades territoriales, que operan desde la red de centros de salud pública ya existente. En concreto, las unidades territoriales se distribuyen entre los centros de Benicarló y Castellón; Valencia, Manises y Utiel; Torrent, Alzira, Xàtiva y Gandía; Alicante, Alcoi, Dénia y Benidorm; y Elda, Elche y Orihuela, cubriendo así todo el territorio de la Comunitat Valenciana mediante una estructura descentralizada pero coordinada

El personal adscrito al sistema se organiza en turnos semanales rotatorios de alerta localizada, con una participación máxima de una semana al mes. Durante ese periodo, los profesionales deben permanecer localizables y en disposición de incorporarse en un plazo máximo de una hora si se activa una alerta. Aunque cada trabajador mantiene su adscripción habitual a un centro o servicio, el decreto establece que esta dependencia orgánica no será un obstáculo para intervenir en otros ámbitos territoriales cuando así lo requiera la gestión coordinada de la emergencia sanitaria. El personal asignado a estas unidades pertenecerá a los subgrupos A1 y A2 de salud.

Retribuciones reguladas por primera vez

Uno de los aspectos más relevantes del decreto es la regulación expresa de las retribuciones, una reivindicación histórica del personal de salud pública. Hasta ahora, la disponibilidad fuera de horario no estaba retribuida de forma fija y la compensación por las intervenciones se resolvía caso a caso mediante gratificaciones extraordinarias u horas extra. Con el nuevo marco, el personal del subgrupo A1 percibirá 250 euros por semana de guardia localizada, mientras que el subgrupo A2 cobrará 162,50 euros, con incrementos en semanas señaladas como Semana Santa y Navidad. Además, si la alerta requiere actuación efectiva fuera del horario laboral, se abonarán 65 euros por hora en el caso del A1 y 42,25 euros por hora en el A2.

El decreto también contempla descansos compensatorios en función de la duración y el horario de las intervenciones nocturnas, así como exenciones del turno de alerta para embarazadas, personas con problemas de salud, mayores de 55 años o trabajadores con necesidades de conciliación, siempre que el servicio quede cubierto. La norma obliga además a la Conselleria de Sanidad a elaborar un informe anual de evaluación, de acceso público, en el que se analizarán los tiempos de respuesta, el número de alertas gestionadas y el funcionamiento global del sistema. Desde UGT piden una menor dispersión geográficas de las unidades periféricas e incrementar el precio por turno de alerta y asemejarlo al de otras categorías. "El precio propuesto es irrisorio", señalan.

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