Comunitat Valenciana

Señalamientos a Pradas y Argüeso y críticas a la jueza de la Dana ante la posible unión de acusaciones

  • Pradas y Argüeso acudiendo a declarar.
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VALÈNCIA. La decisión de la jueza de la Dana de emplazar a las partes a que den su opinión sobre si hay indicios de delito contra los dos investigados en la causa, la exconsellera Salomé Pradas y el ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, ha obligado a las acusaciones a posicionarse. Buena parte de ellas, hasta ahora, señalando la responsabilidad de ambos; pero también otras cuestionando a la magistrada al considerar que el tramite contraviene el habitual procedimiento de instrucción.

La titular del juzgado de Instrucción 3 de Catarroja había dado tres días a las partes para que expusieran su postura con el propósito de analizar "la convergencia de intereses" entre las casi 40 acusaciones personadas.  Los dos investigados habían pedido a la jueza que las acumulara para evitar dilaciones indebidas y asegurar el derecho a la defensa y el equilibrio en el proceso judicial. Y ante la gran diversidad de las partes -están personados partidos que van desde Podemos o Compromís a Vox o Valores, pero también sindicatos, asociaciones, plataformas de víctimas y otras múltiples acusaciones particulares-, la magistrada busca saber cuál es la opinión de todas ellas.

Una decisión que sorprendió y mucho a los dos investigados, que esperando una resolución de la magistrada sobre su petición, se encontraron con un auto donde pedía a las acusaciones que aportaran indicios de los presuntos delitos de homicidios y lesiones imprudentes por los que la propia magistrada les imputó el pasado 10 de marzo. Ambos han recurrido el auto. La defensa de Argüeso porque lo ve "carente del más mínimo sentido".

En el caso de Pradas, el recurso presentado señala que el trámite dado por la jueza "no corresponde a cauce legal alguno" y "vulnera frontalmente el derecho de defensa" porque "supone emplazar sin motivo alguno a las acusaciones para que realicen juicios de tipicidad anticipados". Así, expone que el ofrecimiento de la jueza en la fase de instrucción -"la fase inicial del procedimiento"- y en "una causa de grandísima complejidad" implica "propiciar una especie de «juicio anticipado» [...] para resolver una mera incidencia procesal". Algo a su juicio "desproporcionado e improcedente".

Lo cierto, con todo, es que muchas de las acusaciones que se han manifestado hasta el momento, lo han hecho para señalar, en su opinión, la existencia de indicios contra Pradas y Argüeso. "De la instrucción realizada [...] se confirman los indicios, teniendo en cuenta la posición de garantes de ambos investigados", señala el sindicato CGT, según el cual también "se desprende [...] tanto la constitución muy tardía del Cecopi como el envío tardío y erróneo del mensaje ES-Alert [...] a pesar de la mucha información de la que disponían para anticiparse al riesgo".

"Hay evidentes indicios de posible responsabilidad penal por homicidios y lesiones graves, por imprudencia, cometidos por los hoy investigados", señala Acció Cultural, "sin descartar la participación, por el mismo título, de otros responsables de la Generalitat Valenciana". Algo similar a lo que considera Intersindical, para el que los indicios existentes son "sólidos".

También la Asociación de Víctimas de la Dana 29 d'Octubre lo ve así. Y otras varias acusaciones particulares, algunas de las cuales no descartan la incriminación de otras personas más adelante. "Incluyendo a personas actualmente aforadas", apunta una. Todas ellas, eso sí, rechazan la acumulación de las acusaciones.

"No conocemos precedentes"

Por contra, al menos dos acusaciones particulares han criticado el procedimiento que está aplicando la magistrada. "Se estima que lo actuado vulnera las normas y garantías básicas del procedimiento, conculcando los derechos de las partes en el proceso" y "causando irreparables perjuicios a sus intereses", apunta una de ellas, que lo hace "con los debidos respetos" y teniendo en cuenta las diligencias pendientes, la normativa y la jurisprudencia.

"No conocemos precedentes, dado que la ley no contempla la operativa procesal relatada, en la que se nos haya requerido para posicionarnos con antelación a la fase intermedia y a la evacuación de escrito de acusación, por lo que, cuanto menos, nos parece que no es esta la causa, por su gravedad y magnitud, en la que se deban realizar 'experimentos' ni introducir novedades", critica el escrito presentado, que abunda en que la instrucción "aún esta en curso": "Ya no es que el requerimiento efectuado carezca de apoyo legal, sino que, por ende, se encuentra falto de cualquier sentido".

La otra acusación particular, representante de varios familiares, insiste en que "no puede pronunciars" porque están pendientes "multitud" de diligencias. Así, asegura que la magistrada "pretende anticipar una especie de fase intermedia y un pronunciamiento sobre la responsabilidad de los investigados y en unos concretos delitos, extremo absolutamente vetado, como decimos, en esta fase en la que nos encontramos".

En ese sentido, recuerda el escrito que la instrucción "no deja de ser un procedimiento vivo, que no puede quedar, en cierto modo, anclado a unas diligencias practicadas hasta este momento procesal". Y más, insiste, estando pendientes varios recursos de apelación ante la Audiencia Provincial. Por ejemplo, sobre la propia imputación de Argüeso. Por ello, considera que el auto de la jueza "resulta impropio" de este momento procesal.

La acumulación de las acusaciones

La jueza ha de decidir si accede a la petición de los investigados, que cuenta con el visto bueno de la Fiscalía pero muchas acusaciones quieren evitarlo a toda costa conscientes de que supondría cierta merma en su capacidad y libertad de acción, y de que los intereses de sus representados pueden verse diluidos en un totum revolutum. No hay que olvidar que las acusaciones populares las conforman un variopinto crisol de actores: desde los partidos Podemos, Vox, Ciudadanos, PSPV, Compromís y Valores hasta los sindicatos CGT e Intersindical pasando por las asociaciones Liberum, Acció Cultural del País Valencià, Mai Més o la asociación agraria AVA. Cada uno con sus propias estrategias e intereses particulares, reflejados día tras día en la dirección de sus peticiones, preguntas y recursos.

La jueza podría plantear un acuerdo previo entre ellas para elegir la dirección de la representación, algo que se antoja muy complicado a la vista de la variedad de sus integrantes. De modo que, tal como han pedido las acusaciones y ha apoyado el Ministerio Fiscal, otra opción sería que la que se encargara de liderar esta 'macroacusación' popular fuera la primera que se presentó. Y en este sentido, el partido Podemos, liderado en la Comunitat Valenciana por María Teresa Pérez, se llevaría el gato al agua.

En su auto, la jueza señala que "no es preciso un especial conocimiento de las características y de la ideología política de las formaciones, para saber que, si se acuerda que el Letrado de Podemos, primero personado en el procedimiento, deba asumir también la defensa de Vox, Liberum, Valores o AVA", algo que según ella "es absolutamente incompatible". Como publicó Valencia Plaza, el lobby ciudadano Mai Més, personado en la causa, rechaza en principio la acumulación pero se ha erigido como posible líder de las acusaciones al no ser un partido político sino "una asociación sin ánimo de lucro" creada precisamente a raíz de la Dana

El Ministerio Fiscal, por su parte, defiende que el hecho de que dichas acusaciones "sean de naturaleza diversa no impide dicha unificación" porque supuestamente "todas ellas persiguen, sin duda, un único y mismo objetivo: la búsqueda de la verdad material". Y acude a jurisprudencia del Supremo para sostener que la acumulación "no parece un sacrificio excesivo, ni lesivo de ningún derecho fundamental" si realmente "están comprometidos con esa labor de auxilio y colaboración ciudadana que representa la acción popular".

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