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El Consell planes generales de ordenación municipal reservarán suelo a energías renovables

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VALÈNCIA. 

2. Los planes generales de ordenación municipal reservarán una o varias zonas de suelodestinadas a la generación de energía renovable con una superficie suficiente para atender lasnecesidades de energía que requieran los nuevos desarrollos urbanísticos previstos en elplaneamiento municipal, de acuerdo con la normativa urbanística, salvo que exista imposibilidadtécnica o normativa que deberá justificarse.

El Consell, por decreto, podrá crear una bolsa de terrenos donde sus propietarios los puedanponer a disposición para el desarrollo de proyectos de energías renovables. El desarrolloreglamentario de esta ley debe regular sus criterios y requisitos, teniendo en cuenta lainteroperabilidad de esta bolsa con otros registros ya existentes y con la informacióncartográfica.”

Eficiencia energética en edificaciones.1. Por decreto del Consell se fijarán reglamentariamente los requisitos y valores adicionales alos mínimos previstos en la legislación básica estatal en materia de eficiencia energética quetendrán que cumplir las edificaciones de nueva construcción y las reformas y rehabilitaciones delas existentes, en el marco de la normativa y objetivos europeos.2. Las nuevas edificaciones que se construyan serán edificios de consumo energético casi nulo,en las condiciones definidas en el Código técnico de la edificación, aprobado por Real decreto314/2006, de 17 de marzo, desarrollado por Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, y en líneacon lo establecido en la Directiva (UE) 2024/175 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24de abril de 2024, relativa a la eficiencia energética de los edificios.

No se podrá otorgar la licencia de primera ocupación a nuevas edificaciones sin disponerpreviamente del certificado de eficiencia energética, debidamente inscrito, en los casos en quedicho certificado sea exigible de acuerdo con la normativa básica estatal aplicable.

Grandes infraestructuras y equipamientos públicos.Los proyectos de las grandes infraestructuras y equipamientos, la titularidad de los cualescorresponda a las administraciones públicas de la Comunidad Valenciana, deberán incluir unaevaluación de las diferentes alternativas relativas a su eficiencia energética y, especialmente, alas emisiones de gases de efecto invernadero directas e indirectas en todo su ciclo de vida, comotambién el coste del consumo energético correspondiente a toda su vida útil, de acuerdo con lanormativa aplicable.

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