
VALENCIA. Los trabajadores que continuaron en sus puestos tras el fundido a negro de Ràdio Televisió Valenciana (RTVV) del pasado 29 de noviembre y no se vieron afectados por el permiso retribuido indefinido vuelven a estar con un pie en la calle. Por contra, algunos de los afectados podrán volver a poner el punto y final a la empresa.
De la cantidad de 111 trabajadores actuales, únicamente tienen segura su continuidad los 23 trabajadores del servicio de documentación y siete en otras funciones gracias al acuerdo del ERE, que pasaran a otras áreas y entidades de la Generalitat.
Esta es una de las conclusiones de la última reunión mantenida este jueves entre el consejo liquidador y el comité de empresa para aplicar el expediente de regulación de empleo (ERE) acordado el pasado domingo y que en su apartado cuarto recoge la continuidad de parte de la plantilla hasta junio de 2015 para las labores de liquidación.
La mayor parte de los trabajadores beneficiados por este acuerdo será personal administrativo y técnico y, entre las condiciones para se les exigen, deberán contar con la categoría laboral requerida para las plazas disponibles, haber realizado esas funciones y, además, haberlo hecho en ese departamento en concreto desde el 1 de enero de 2012.
UN TRABAJO TEMPORAL
Como excepción a estos criterios de selección, se priorizará a los trabajadores que tengan 53 o 54 años de edad y puedan llegar a los 55 antes del 1 de julio de 2015, además de disponer de la categoría, formación conocimiento y titulación requerida. Este colectivo también cuenta con un tratamiento especial en el acuerdo de ERE, ante sus previsibles dificultades laborales.

En todo caso, el puesto de trabajo que se ofrece podrá ser amortizado en cualquier momento y de forma unilateral por parte de la empresa, antes de la finalización del proceso, en función de las necesidades y criterios de la empresa. Los trabajadores que estén interesados en este proceso deberán enviar una solicitud al correo electrónico organitzaciolaboral@rtvv.es antes del 2 de abril.
Los criterios de selección en el proceso son:
#1 Voluntariedad respecto a la posibilidad de rescindir el contrato de trabajo. Aquellas personas que vayan a prestar sus servicios en el proceso de liquidación podrán rechazar la orden de incorporación o continuidad, y podrán acogerse a las medidas extintivas pactadas con un plazo mínimo de preaviso de 10 días naturales.
#2 Tendrán prioridad para el ejercicio del puesto de trabajo, de acuerdo con la categoría ejercida, y de acuerdo con la formación, conocimiento y posible titulación requerida, los trabajadores que según lo pactado en este proceso de despido colectivo cuentan con 53 o 54 años de edad y puedan llegar a acceder a la edad de 55 años durante el transcurso de aplicación del presente proceso de despido colectivo.
#3 En caso de concurrencia de varios candidatos, tendrá carácter preferente el trabajador que haya accedido a la plantilla de la empresa por medio de la adjudicación de plaza de acuerdo con la superación del proceso selectivo.
#4 En el supuesto de igualdad, prevalecerá el criterio de mayor antigüedad.
#5 Se antepondrá a los trabajadores que no puedan ser sustituidos por otro, en función de su idoneidad y eficacia por su experiencia en la empresa y por su formación técnica específica.
#6 En último extremo, entre dos candidatos igualados, resultará preferente aquel cuyo cónyuge o pareja también se encuentre afectado por el despido colectivo respecto de aquel en quien no concurra esa circunstancia.