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suspende temporalmente la deuda de la asturiana

La Audiencia Nacional insufla optimismo sobre las acciones de Duro Felguera

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MADRID (EP). Las acciones de Duro Felguera se impulsaron casi un 45% en la jornada bursátil del pasado viernes, después de que la Audiencia Nacional haya confirmado la ilegalidad de la decisión del Tribunal Económico Administrativo Central de no admitir la suspensión solicitada por Duro Felguera en 2017 de la deuda derivada de una inspección relacionada con el impuesto de sociedades pagado entre 2010 y 2012.

En concreto, la compañía acabó liderando las subidas en el Mercado Continuo, cuando sus títulos alcanzaron los 0,293 euros por acción, lo que supone un alza del 44,3% y la recuperación de parte de lo perdido en las últimas semanas a raíz de las turbulencias ocasionadas en el mercado como consecuencia de la propagación del coronavirus por todo el mundo.

La incertidumbre en torno a los efectos que causará en la economía esta extensión del virus entre la población, ha hecho que la compañía perdiese más de la mitad de su valor en bolsa desde el pasado 3 de marzo, cuando empezaron a aumentar los casos de contagiados en el país.

Inyecciones de liquidez

Sin embargo, tras la notificación recibida este viernes por la ingeniería asturiana de parte de la Audiencia Nacional, ha conseguido que sus acciones se recuperen por el momento, impulsadas también por las inyecciones de liquidez anunciadas por el Banco Central Europeo y las medidas expansivas en materia fiscal aprobadas por el Gobierno español para hacer frente al coronavirus. De hecho, el empuje registrado este viernes supone un incremento en la capitalización bursátil de la compañía de 8,6 millones de euros en un solo día, sobre la valorización total actual de 28 millones de euros.

El origen de la deuda sobre la que la Audiencia provincial se ha pronunciado el viernes se encuentra en la denegación por parte de la inspección de la aplicación de la exención a las rentas obtenidas por la Unión Temporal de Empresas (UTE) Termocentro, por entender que no operaba en extranjero.

La decisión de la Audiencia Nacional supone que deberán anularse tanto la providencia de apremio como los embargos que recientemente notificó la Agencia Tributaria, quedando la deuda suspendida cautelarme mientras no se pronuncie el Tribunal Económico Administrativo Central.

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