València

El TSJCV anula los artículos del Plan Cabanyal que limitaban los pisos turísticos en el barrio

La sentencia estima parcialmente el recurso de la patronal AVAEC aunque la implantación de nuevos pisos turísticos sigue limitada por la moratoria

Suscríbe al canal de whatsapp

Suscríbete al canal de Whatsapp

Siempre al día de las últimas noticias

Suscríbe nuestro newsletter

Suscríbete nuestro newsletter

Siempre al día de las últimas noticias

VALÈNCIA. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana anula parcialmente el Plan Especial del Cabanyal-Canyamelar aprobado por el anterior gobierno de Compromís y PSPV. En concreto, aquellos artículos que regulaban la implantación de viviendas turísticas en este barrio marítimo. La sentencia del TSJCV estima parcialmente el recurso de la Asociación de Viviendas de Alquiler para Estancias Cortas de la Comunitat Valenciana (AVAEC). El fallo, dictado el 25 de junio, considera que el plan urbanístico fue aprobado en 2023 sin contar con el informe preceptivo en materia de turismo exigido por la legislación autonómica.

En concreto, el tribunal autonómico declara nulos los artículos que establecían límites y condiciones a las viviendas turísticas y a los usos hoteleros en distintas subzonas del barrio. La resolución judicial afecta tanto a áreas residenciales como a zonas terciarias del PEC, que desde su aprobación en mayo de 2023 incluía restricciones para frenar la expansión de alojamientos turísticos en uno de los barrios con mayor presión inmobiliaria de la ciudad. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

La implantación de pisos turísticos sigue limitada por la moratoria

Pese a la anulación de estos artículos del PEC, cabe recordar que en el Cabanyal-Canyamelar sigue vigente la suspensión temporal de licencias para nuevas viviendas de uso turístico, por lo que la implantación de nuevos pisos turísticos sigue limitada. Desde el Ayuntamiento defienden que la nueva normativa que regula los usos turísticos y que se encuentra actualmente en tramitación, "será más restrictiva que la normativa de la izquierda" en alusión al citado PEC. Aclaran además que "esta sentencia no afecta a la situación actual" y sostienen que el fallo confirma "la chapuza normativa de la izquierda y que el actual gobierno ya ha solucionado".

Ausencia de un informe de Turismo

El punto central de la controversia es la ausencia del informe del departamento de Turismo de la Generalitat Valenciana, exigido por el artículo 26.2 de la Ley 15/2018 de Turismo, Ocio y Hospitalidad. El tribunal considera que, aunque el proceso de tramitación del PEC se inició antes de la entrada en vigor de esta ley, la exposición pública del plan se realizó en 2019, cuando ya era plenamente aplicable la norma. Además, la Sala señala que el propio plan hace referencia a dicha ley y regula expresamente el uso turístico del suelo, lo que evidencia la necesidad del informe sectorial omitido. Esta omisión, según la sentencia, constituye un vicio esencial del procedimiento.

El Plan Especial del Cabanyal-Canyamelar aprobado por el gobierno del Rialto en 2023, introducía limitaciones a las viviendas de uso turístico (VTUT) en distintas zonas del barrio. Entre otras medidas, establecía topes por manzana, limitaciones por tipología de vivienda, zonas de exclusión y requisitos urbanísticos adicionales.

Artículos anulados

Entre las disposiciones suprimidas por el TSJCV se encuentran: la prohibición de implantar viviendas turísticas en el ámbito del Cabanyal-Canyamelar. La limitación cuantitativa, que fijaba un tope máximo del 10% de viviendas turísticas por manzana o bloque en el barrio. Otras regulaciones específicas sobre apartamentos y usos turísticos incluidas en el Plan, como ciertas restricciones de uso hotelero (subzona Entorno Piscinas) y las condiciones detalladas para las viviendas de uso turístico (artículos I.43 a I.46 del Plan).

Desde AVAEC, su secretario y asesor jurídico, Rafa Encarnación, sostiene que este fallo "supone un respaldo a la seguridad jurídica del sector de la vivienda turística y confirma que las administraciones deben respetar la legalidad vigente en la regulación de esta actividad”. Por su parte, la presidenta de la asociación, Pilar Giner, manifiesta que les "alegra" que el TSJCV "nos haya dado la razón, porque siempre actuamos con respeto a la legalidad y en defensa de un trato justo para el alquiler vacacional. Esta decisión nos anima a seguir colaborando con las instituciones desde la lealtad institucional, para lograr un modelo de convivencia turística equilibrado y sostenible, en el que se respeten tanto los derechos del sector como la calidad de vida de los vecinos”.

 

Recibe toda la actualidad
Valencia Plaza

Recibe toda la actualidad de Valencia Plaza en tu correo