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algunos recursos expondrán falta de pruebas sobre la devolución de mil euros 

Las defensas del blanqueo aducirán que no conocían el origen delictivo del dinero   

22/10/2021 - 

VALÈNCIA. Varios de los procesados por presunto blanqueo de capitales dentro del caso Taula recurrirán los próximos días el auto del juzgado de Instrucción número 18 de Valencia que les atribuye indiciariamente este delito. En total, hay 49 personas, entre ellas concejales y asesores del PP en el Ayuntamiento de las últimas legislaturas, además del propio partido. El escrito supone el paso previo a la apertura de juicio oral, de manera que antes de que se determine la Audiencia Provincial habrá de ratificar o no la decisión del magistrado.   

Los dos grandes señalados por el auto son el exvicealcalde de la ciudad, Alfonso Grau, y la que fuera secretaria del grupo municipal, Mari Carmen García Fuster. El primero como supuesto recaudador del dinero de origen ilícito para las campañas electorales de los populares de 2007, 2011 y 2015 y la segunda como administradora de esas cantidades. Especialmente se apunta al primero por los presuntos delitos de malversación de caudales públicos, cohecho pasivo impropio y blanqueo de capitales.

Aunque la operativa de "sobrefinanciación articulada" del partido que han desgranado los investigadores se refiere a todos estos años, la mecánica específica del 'pitufeo' habría tenido lugar sólo en 2015 y es la que implica a más personas. Las conclusiones principales del auto son varias. Primero, que los miembros del grupo municipal del PP donaron 1.000 euros para la campaña que les fueron devueltos en billetes de 500. Segundo, que esto sirvió para encubrir el origen ilícito de las cantidades que se manejaban en una cuenta opaca del grupo –manejada por García Fuster– al margen de la fiscalización oficial. Y, tercero, que lo hicieron a sabiendas de la procedencia delictiva del dinero. 

Los argumentos de las defensas vendrán a decir todo lo contrario. Es decir, que no queda probado que les devolvieran los billetes de 500 ni que existiera conocimiento previo de la actividad delictiva y que tampoco queda acreditado el origen ilícito del dinero supuestamente blanqueado. Algo que han mantenido durante todos estos años. A lo que posiblemente añadirán que la atribución de responsabilidad penal no se ha hecho de forma individualizada sino conjunta. 

Es probable, igualmente, que esta fase de recursos hasta que la apertura del juicio oral sea firme –o no– sea aprovechada para afear las dilaciones en una instrucción que ha durado casi seis años y que existan escritos todavía sin responder por parte del juzgado desde 2018. 

Los indicios para el juez 

En el auto, el magistrado sustenta sus consideraciones en cinco indicios que, para él, son suficientes en la tesis de que se produjo el blanqueo. Uno sería el reconocimiento de una de las imputadas de que eso se produjo. Dos, las declaraciones testificales de cuatro asesores que, "más allá de negarse a contribuir y callar, con suficiente coherencia relatan al detalle las instrucciones recibidas, las personas que se las transmitieron y las difíciles circunstancias de su negativa", indica el auto. Testimonios en los que, añade, "no se aprecia, ni subjetiva ni circunstancialmente, elementos de animosidad o malquerencia".

Tres, las conversaciones telefónicas mantenidas por la exconcejal María José Alcón con su hijo y su hermana exponiendo sin rodeos la mecánica de blanqueo, así como la conversación de whatsapp en la que algunos de los imputados hacen broma de la devolución de los billetes de 500. Cuatro, el hecho de que varios donantes, "supuestamente desobedientes a las instrucciones recibidas, bien por necesidad o simplemente por la molestia de conservar y la dificultad de de cambiar billetes de 500, decidieran por su cuenta y riesgo ingresarlos en el banco, desoyendo las advertencias". Y, cinco, que por esos días se remitiese y se recibiera un escrito en la Fiscalía denunciando esta operativa que se estaba tramando en el seno del grupo municipal del PP, según el denunciante anónimo. 

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