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Antifraude señala el fraccionamiento de contratos para el Puente de las Flores del gobierno anterior

2/08/2024 - 

VALÈNCIA. La Agencia Valenciana Antifraude sigue dando sus últimos tirones de oreja en materia de contratación al anterior gobierno municipal en València, encabezado por Joan Ribó y conformado por Compromís y PSPV. El organismo de control ha confirmado que el Ayuntamiento incurrió en un fraccionamiento frudulento de contratos para la renovación del Puente de las Flores durante el pasado mandato. Motivo por el cual considera que los diferentes contratos adjudicados desde el Organismo Autónomo de Parques y Jardines son nulos de pleno derecho.

Así consta en el informe de investigación definitivo sobre este asunto, uno de los primeros de la Agencia Valenciana Antifraude bajo la dirección de Eduardo Beut. En él, el organismo antifraude valenciano confirma las conclusiones del informe provisional y considera que "las contrataciones menores "incurren en un fraccionamiento fraudulento del objeto de la
contratación, supuesto de nulidad de pleno de derecho,  que podría hacer incurrir al Organismo Autónomo en prácticas colusorias del mercado, que la normativa sobre contratación pública pretende evitar".

El Organismo de Parques y Jardines, dependiente el pasado mandato de la concejalía del ramo que dirigía el edil de Compromís Sergi Campillo, adjudicó tres contratos menores -sin concurso público- que según Antifraude constituían una misma finalidad, es decir, la renovación del Puente de las Flores. Así, por una parte, contrató el suministro de sustrato para el jardín del Túria; por otra, el suministro de plantas para el Puente de las Flores; y en tercer lugar, el suministro de jardineras para el mencionado puente.

En sus primeras conclusiones, la Agencia Valenciana Antifraude detectó diferentes irregularidades en los contratos, como la falta de justificación del valor de mercado de los contratos, y vio que había habido "fraccionamiento indebido en los contratos" porque, entre otras cosas, en ellos apreció "coincidencia material, geográfica y temporal, así como nexo de causalidad". A juicio de Antifraude, es "evidente" la interrelación entre ellos porque "uno no puede completar su finalidad sin la concurrencia de los otros (sustrato-macetas-plantas)".

 Foto: AYUNTAMIENTO DE VALÈNCIA

En ese sentido, sumando las cuantías de los diferentes contratos, "la prestación completa excede de los límites del contrato menor (15.000 euros) y la finalidad perseguida es la misma: la sustitución de maceteros, sustrato y plantas del Puente de las Flores, en definitiva la renovación de las plantas del citado puente como misma
unidad funcional". Pero no se quedó ahí la Agencia Valenciana, que vio más irregularidades.

En ese sentido, el organismo detectó en los tres contratos "una infracción de los principios de igualdad y libre concurrencia, al acreditarse la existencia de contactos previos con los proveedores/suministradores que, a la postre, han resultado adjudicatarios de los diferentes contratos, con las condiciones y precios previamente pactados internamente entre el personal del OAM y los adjudicatarios".

El Organismo alegó sobre el fraccionamiento que que no hubo coincidencia material, geográfica y temporal porque ese tramo del Jardín del Túria "es el único punto de acceso para vehículos a los tramos adyacentes y lugar de descarga habitual para suministros del Jardín", pero también rechazó el nexo de causalidad entre las contrataciones porque en cuanto al sustrato se hizo "para cubrir necesidades no solo del Puente
de las Flores, sino para el suministro de los tramos adyacentes".

Alegaciones que según la Agencia no desvirtúan sus argumentos: "Las 3 prestaciones conforman una unidad operativa, según la cual, no es posible alcanzar para cada prestación su utilidad final sin la concurrencia de las otras 2 prestaciones, y se ha acreditado que la ejecución de las prestaciones forma una cadena de sucesos temporalmente concatenados" en noviembre de 2022.

En ese sentido, continúa señalando que "existe fraccionamiento indebido aunque no haya habido intención elusiva" por parte del Ayuntamiento y recuerda que la normativa de contratación permite "e incentiva" que se dividan los contratos en lotes para evitar el fraccionamiento. "Así pues, podría haberse contratado la prestación única consistente en la renovación del puente de las flores a través de un contrato único con 3 lotes separados: plantas, sustrato y jardineras".

Así pues, confirma el fraccionamiento e insta al Organismo Autónomo a que, con carácter general para la mejora de su gestión, dicte las órdenes internas necesarias para garantizar el cumplimiento de la normativa de contratación pública. Además, insta a "la revisión de oficio de los dos contratos menores recogidos en el presente expediente, por incurrir en fraccionamiento irregular o fraudulento con vicios de nulidad de pleno derecho al no seguir el procedimiento de contratación legalmente adecuado".

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