ALICANTE. (EFE).- El Juzgado de lo Penal número 7 de Alicante ha condenado a dos responsables y un empleado de una empresa de dicha ciudad por sendos delitos de estafa, falsedad documental y de propiedad industrial por comercializar azafrán identificado falsamente con la Denominación de Origen Protegida (DOP) Azafrán de La Mancha.
Por ello se ha impuesto a cada uno de los condenados 13 meses y 15 días de multa con cuota diaria de 6 euros, y además deberán pagar conjuntamente una indemnización de 2.500 euros a una empresa estadounidense a la que vendieron dicho azafrán.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, relata que, en 2014, los condenados, a través de la mercantil Frucove S.L., comerciaron azafrán indebidamente identificado como "de La Mancha" aun teniendo "pleno conocimiento" de que el producto no estaba amparado por la Denominación de Origen.
Concretamente, vendieron a una mercantil estadounidense dos lotes con un total de 13 kilos de azafrán, acompañados de 6.500 etiquetas "confundibles" con la marca registrada de la DOP Azafrán de La Mancha, por lo que facturaron en total 30.670,83 euros.
Estos hechos fueron denunciados por la Fundación Consejo Regulador DOP Azafrán de La Mancha y, en un registro judicial llevado a cabo el 11 de diciembre de 2014, se halló otro rollo de 3.500 etiquetas fraudulentas.
En el juicio oral, los tres encausados reconocieron expresamente los hechos, y el magistrado ha decidido imponerles la multa e indemnización previamente mencionados.
No obstante, ha rechazado la indemnización de 21.036,33 euros reclamada por la Fundación, que alegaba un "menoscabo de la reputación" y un "deterioro de la imagen" de la DOP en el mercado.
Según el juez, la pretensión se fundó en "meras referencias y alusiones de tipo genérico", sin que se aportara una "justificación de la realidad de tal perjuicio".
En un comunicado, la presidenta del Consejo Regulador DOP Azafrán de La Mancha, Valentina Cabra Carrasco, ha celebrado que se haya conseguido "atajar un fraude para el consumidor" y salvaguardar "los esfuerzos invertidos por las envasadoras autorizadas, que cumplen con las exigentes condiciones que impone el pliego" de la Denominación de Origen.