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Dos años de cárcel para Enrique Arnal por deshacerse de bienes tras ser investigado

5/12/2017 - 

VALÈNCIA. (EP). La sección segunda de la Audiencia de Valencia ha confirmado la condena a dos años de prisión para el ex director financiero de Emarsa Enrique Arnal y su expareja Eva María Marsal por deshacerse de bienes para evitar asumir las responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse del caso Emarsa en el que estaban siendo investigados.

De este modo, rechaza los recursos presentados por todos los condenados en este procedimiento, que alegaron, entre otros motivos, error en la apreciación de la prueba, quebrantamiento de normas y garantías procesales o infracción del ordenamiento jurídico.

La sala considera que el examen que realizó la juzgadora del juzgado de lo Penal número 4 respecto de la conducta de cada acusado "sin duda evidencia la realización por cada uno de conductas que, sin forzamiento alguno, se integran en las que el legislador ha querido calificar como delictivas y con el grado de participación que en la misma sentencia se atribuye".

El juzgado de lo Penal condenó a Arnal y a su expareja como autores de un delito de insolvencia punible y les fijó una multa de 3.240 euros. Así mismo, condenó como cooperadores necesarios a otras cinco personas --entre ellos, Antonio Arnal, hermano de Enrique-- y les impuso nueve meses de cárcel y el pago de una multa de 1.620 euros.

Por vía de responsabilidad civil, Enrique Arnal y su hermano tendrán que indemnizar a la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (Emshi) y a la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (Epsar) con 233.268,1 euros; y Enrique Arnal y Marsal tendrán que pagar a entidades perjudicadas un total de 201.591,88 euros.

En la resolución, la sala también rechaza la suspensión mientras se resolviera el pleito principal por el 'caso Emarsa' --que se encuentra en fase de conclusiones en la Audiencia de Valencia-- porque aun requiriendo la modalidad del alzamiento la existencia de un delito precedente, el objeto del mismo "es de procedencia ilícita pues la conducta delictiva consiste en la salida de los bienes del patrimonio del deudor en perjuicio de sus acreedores, lo que convierte en intrascendente la existencia de un juicio previo para determinar la procedencia ilícita de los bienes, efectos o instrumentos con los que se alce el acusado". De ello se deriva la "innecesidad" de esperar el resultado el pleito principal.

Fianza de hasta 22 millones de euros

Según consideró probado la jueza en primera instancia, durante la tramitación del caso Emarsa, relacionado con presuntas irregularidades en la gestión de la empresa pública que gestionó la depuradora de Pinedo (Valencia), se acordó que Enrique Arnal y Eva María Marsal prestasen una fianza por importe de 22 millones de euros y de 100.000 respectivamente para asegurar posibles responsabilidades pecuniarias.

Estos dos acusados no prestaron la fianza exigida por lo que se acordó el embargo de sus bienes. Dado que el patrimonio de cada uno de ellos resultó insuficiente para cubrir las posibles responsabilidades civiles con carácter cautelar, se declaró a ambos parcialmente solventes.

La jueza consideró probado que al menos desde julio de 2010 Arnal conocía que estaba siendo investigado en Emarsa y todos ellos "comenzaron una serie de operaciones con la finalidad de hacer salir de su patrimonio los activos que tenían con los que debía hacerse frente, en su caso, de las responsabilidades civiles derivadas de los hechos investigados en la pieza principal, consiguiendo con estas salidas una situación de insolvencia parcial".


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