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Dos exaltos cargos de FGV aceptan nueve meses de cárcel por amañar un contrato de seguridad

11/02/2019 - 

VALÈNCIA. (EP). Dos exdirectivos de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), Vicente Contreras y Manuel Sansano, han alcanzado un acuerdo con Fiscalía por el que aceptan cumplir nueve meses de cárcel por haber amañado los pliegos de un concurso para la adjudicación de un contrato de seguridad de la empresa pública en la época del PP.

Con este acuerdo, los dos procesados --exdirector adjunto de Explotación y exdirector de Operaciones, respectivamente-- verán reducida su pena de los seis años de prisión que pedía el ministerio público a nueve meses de cárcel, unos 1.350 euros de multa e inhabilitación especial para cargo público de seis meses, además de las costas de la acusación particular, según han confirmado a Europa Press fuentes de la Fiscalía.

Asimismo, con el reconocimiento de los hechos por parte de estos dos exdirectivos, la sección de delitos económicos de la Fiscalía Provincial de Valencia ha retirado la acusación contra la exgerente de Ferrocarrils, Marisa Gracia, que había sido procesada como la firmante del contrato falseado, según ha avanzado este lunes Levante-EMV.

Prevaricación y falsedad documental

Para este mismo lunes se había señalado el juicio para juzgar a los tres exresponsables de FGV por presuntas irregularidades en contrataciones de seguridad de la entidad pública y, por ello, el ministerio público les acusaba por delitos de prevaricación y falsedad documental. Sin embargo, al final ha habido una conformidad de los dos ex altos cargos y Fiscalía, en los términos expuestos.

El Juzgado de Instrucción número 8 de València solicitó la apertura de juicio oral contra Gracia, Contreras y Sansano el mes de marzo del pasado año, tras verse obligado a reabrir la causa después de que la Audiencia se lo ordenase al ver que podía haber indicios de delito.

Según publica Levante-EMV, los hechos admitidos por los dos exdirectivos sucedieron entre 2006 y 2007 cuando Marisa Gracia adjudicó en julio del último año por 3,5 millones de euros el contrato de prestación de servicios d vigilancia y protección de viajeros, instalaciones y dependencias de FGV.

El primer lote correspondió a una empresa por 846.385,60 euros y la adjudicación fue posible tras alterar Sansano y Contreras la propuesta que había realizado el que fuera jefe de Seguridad, que acabó siendo acusación particular en este proceso, de acuerdo con la misma información.

Camino procesal

Según se informó en su momento, el juzgado instructor archivó el procedimiento a finales de octubre de 2017 y frente a esta decisión, tanto Fiscalía como el exjefe de seguridad de Metrovalencia presentaron un recurso. La Audiencia, tras estudiarlos, decidió estimarlos e instó al juzgado a seguir con la causa.

El procedimiento se centraba en dos aspectos: pago de penalidades de dos empresas de seguridad entre los periodos 2007 y 2011; y adjudicación de contratos de servicios.

Respecto al primer punto, el juzgado archivó al no ver acreditado el hecho delictivo y razonó que existía testimonio contable que acreditaba que las penalizaciones se compensaron, reduciendo pagos que debían de hacerse a las empresas por servicios prestados.

La sala, sin embargo, no compartió este criterio y se refería a un informe de la Intervención General de la Generalitat, sobre el que afirmó que no era absolutamente concluyente y dejaba abiertos algunos interrogantes.

Agregaba al respecto que la Intervención solo pudo basarse en certificaciones de la propia FGV, dejando entrever que no podía emitir un informe absolutamente concluyente, que requeriría probablemente una auditoría o examen pericial más exhaustivo de las relaciones económicas entre FGV y las dos empresas proveedoras cuestionadas.

Para la Audiencia, lo que sí quedaba claro es que las compensaciones realizadas lo habrían sido prescindiendo total y absolutamente del procedimiento administrativo correspondiente. Así, estimaba que sin prejuzgar la calificación final del hecho, no era descartable que las decisiones de compensación irregulares, si tuvieron como finalidad eludir los mecanismos de control de tales actos, pudieran ser constitutivas de prevaricación administrativa. Por ello entendía que en este punto no podía darse por concluida la instrucción.

En cuanto al segundo aspecto investigado, los contratos de seguridad, la Audiencia vio indicios suficientes como para no sobreseer las actuaciones --las declaraciones del querellante, los documentos aportados en los que constan rectificaciones manuscritas sobre el informe original del querellante, la negativa a formar cuerpo de escritura por parte de la persona señalada por el querellante como autor de las notas manuscritas o la contratación de los hijos de Gracia por empresas de seguridad--.

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