VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València ha tenido que pagar alrededor de 40.000 euros a una contrata de construcción de carriles bici tras resolver el contrato por, a juicio del consistorio, causa imputable a la empresa. Algo que el juez rechazó porque la concejalía de Movilidad Sostenible modificó el proyecto de una manera sustancial, lo cual motivó el agravio a la compañía en cuestión.
Consta así en la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Valencia, emitida hace aproximadamente un año, de la que se ha tenido constancia recientemente, en la que se relatan los hechos. La obra consistía en la ejecución de la ampliación de la red ciclista desde la Porta del Mar hasta Blasco Ibáñez, entre San Vicente y la Plaza San Agustín, entre Tres Cruces y Plaza España, o entre la Avenida de los Naranjos hasta Blasco Ibáñez.
En 2016 se adjudicó el contrato a la mercantil OCIDE Construcciones SA, quien acabó pidiendo al Ayuntamiento de València la resolución del contrato al ser modificado el proyecto más tarde sin concurrir las causas comprendidas en la normativa. El Ayuntamiento no sólo rechazó las pretensiones de la empresa sino que acabó resolviendo el contrato motu proprio por causas imputables a la empresa adjudicataria. Lo que llevó a la firma a acudir al juzgado.
Según alega la mercantil, "los modificados no respondían a circunstancias imprevisibles ni se adoptaron conforme al procedimiento establecido" y "los retrasos son imputables al Ayuntamiento". Asimismo, aunque la dirección facultativa de la obra calculó el sobrecoste del 7,44%, por debajo del 10% del total -el margen a partir del cual la adjudicataria puede pedir la resolución del contrato-, los cálculos de la compañía sí superan este límite.
Así pues, a la postre, el juez viene a recordar que la concejalía que dirige Giuseppe Grezzi no empezó a acreditar el supuesto incumplimiento de la empresa hasta que esta no pidió la resolución del contrato, y que finalmente el acuerdo de resolución fue casi un año después de rechazar la petición de la firma. El fallo, en este sentido, dice que "no se aprecia inconcurrencia" de los motivos legales para modificar el proyecto y que tales cambios obedecieron exclusivamente "a una decisión adoptada por razones de oportunidad, criterio de naturaleza política".
Al hilo de ello, y precisamente sobre la discrepancia sobre los sobrecostes debido a los cambios en el proyecto de obra, el perito judicial constata que estos incrementos del precio ascendieron a un 11,08% sobre el presupuesto de obra y a un 17,61" si los cambios se hubieran implementado en su totalidad. "Está acreditado que el incremento del coste de la obra, tanto la ejecutada como la que hubiera resultado de ejecutarse en su totalidad el contrato con sus modificados, suponía un porcentaje superior al 10%", reza el fallo.
Por todo ello, el juez estimó el recurso presentado por la mercantil y condenó al Ayuntamiento de València a devolver la garantía aportada inicialmente por la empresa y que había incautado el consistorio, 30.800 euros aproximadamente, además de a pagar a la empresa unos 10.700 euros en concepto de indemnización.