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El Defensor del Pueblo fuerza al Ayuntamiento de València a dar más información sobre la encuesta fallera

19/12/2018 - 

VALÈNCIA. Continúa dando coletazos la encuesta fallera que protagonizó una sonora polémica durante 2017 al incluir preguntas referentes a la intención de voto o a la creencia religiosa. Varios han sido los intentos del Partido Popular para ahondar en esta encuesta. Ahora, el Defensor del Pueblo le da un espaldarazo, como hizo en su día la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

A principios de este año, la AEPD calificó de "infracción muy grave" el tratamiento en el citado cuestionario de ese tipo de información "sin contar con el consentimiento expreso e informado" de los participantes, que sumaron un total de 963 falleros. La resolución del organismo aseguraba que no se respetó la ley, pese a las alegaciones del consistorio en las que aclaraba que no se continuaba con el tratamiento de dichos datos personales, que nunca llegaron al Ayuntamiento y que fueron eliminados por completo.

Al conocer este dictamen, el concejal de Cultura Festiva y presidente de la Junta Central Fallera (JCF), Pere Fuset, aseguró que el consistorio iría donde hiciera falta por "lo paradójico y esperpéntico" de la resolución. Dicho y hecho. Presentó un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. 

Los 'populares' acabaron llevando ante el juzgado al alcalde, Joan Ribó, por su negativa a darles acceso a la información sobre la realización de la encuesta. Causa que, poco después, acabó archivada. Pero el PP insistió y pidió la información correspondiente al recurso interpuesto en la Audiencia Nacional, a lo que el gobierno respondió con silencio.

Así pues, el grupo municipal que dirige Eusebio Monzó elevó el caso al Defensor del Pueblo, que ahora a fallado a su favor y recomienda al consistorio "facilitar la información que soliciten los concejales para el ejercicio de sus funciones". Los únicos límites: el ordenamiento jurídico. Y en ellos no se encuentran "los documentos que sean preparados o tengan como destino el ámbito judicial". En el mismo sentido, insta a interpretar el derecho a la información "en sentido amplio" para "lograr la mayor transparencia".

No se puede alegar, explica el texto en sus consideraciones, que son documentos procesales, ya que afectan a la corporación. Por eso, aunque "no se podrán facilitar aquellos documentos a los que no tenga acceso el Ayuntamiento", sí se debe facilitar el resto de documentación. "Parece que [el Ayuntamiento] está buscando fundamentos para denegar información", llega a subrayar el Defensor del Pueblo, "en lugar de aplicar los principios de transparencia y participación ciudadana".

Concluye la resolución solicitando que, "a la mayor brevedad posible", el gobierno local comunique si acepta las recomendaciones y, de lo contrario, exponga las razones para su negativa. Según la normativa interna municipal, esto deberá realizarse antes de este domingo, 23 de diciembre, habiéndose cumplido el plazo máximo de diez días desde que entrase el escrito del Defensor del Pueblo por registro de entrada.

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