VALENCIA, (EP). El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cinco de Valencia ha denegado al asesor del grupo municipal del PP en el Ayuntamiento Luis Salom la petición de dejar sin efecto cautelarmente la decisión del consistorio de suspenderle de empleo y sueldo durante seis meses.
Así lo ha decidido en un auto, de fecha 13 de abril en el que deniega la petición del asesor de medidas cautelares en este procedimiento y la suspensión de la ejecución del acto administrativo de 5 de febrero por el que el Ayuntamiento le dejó sin empleo y sueldo de forma cautelar durante seis meses, hasta que hubiera resolución sobre la infracción penal o delito o falta cometido en el caso.
El magistrado deniega su petición y destaca que el perjuicio a su imagen pública como consecuencia de esta medida no vendría determinado directamente por el acto administrativo recurrido sino por "la existencia de unas diligencias penales en las que se ha visto afectado en la condición de investigado" y añade que, en todo caso, una "eventual resolución final del procedimiento" favorable a sus intereses "repararía en gran medida dicho daño, máxime cuando se trata de una medida cautelar y no de la determinación de la existencia efectiva de responsabilidad disciplinaria".
Además, agrega que existen resoluciones de esta sala del TSJCV sobre el carácter "en principio reparable" de los posibles daños que una suspensión pudiera provocar en la espera patrimonial de los afectados y recalca que los intereses públicos que invoca el consistorio --normal desarrollo del puesto de trabajo y dignidad en la función-- "se muestran merecedores de especial protección".
El consistorio acordó a principios de febrero la suspensión provisional de las funciones de Salom como asesor "hasta alcanzar una resolución sobre la presunta infracción penal o cualquier delito o falta" que se le imputaba en la investigación abierta en el marco de la Operación Taula por un presunto blanqueo de capitales en el PP municipal. El Ayuntamiento alegó que la continuación del asesor en su puesto de trabajo "puede afectar al desempeño o la dignidad de su función". la resolución puede ser recurrida en el plazo de 15 días.