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El juez desestima la demanda de 8 trabajadores de EMT por doble escala salarial en él área de mantenimiento

19/07/2021 - 

VALÈNCIA. (EP) El Juzgado de lo Social número 4 de València ha desestimado la demanda interpuesta por ocho trabajadores de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) al considerar que estaban sufriendo una doble escala salarial en el área de mantenimiento de la entidad.

La sentencia, fechada el 15 de julio y consultada por Europa Press, recuerda que estos ocho empleados demandaron a la empresa con el objetivo de reclamar las diferencias salariales que corresponderían a
las funciones que aseguran realizar de forma ininterrumpida desde el inicio del contrato de trabajo, de especialistas de técnica, nivel salarial 5, frente a la reconocida y retribuida de oficial de técnica, nivel salarial 6, con el interés por mora del 10%. Igualmente, solicitaban que se reconociera de forma expresa que los trabajadores realizan esas funciones desde el inicio del contrato hasta la actualidad.

Por su parte, la representación de la EMT defendió que los empleados han venido siendo retribuidos de forma correcta, de acuerdo con las tareas realizadas a las que corresponde un grupo profesional, en este caso de oficial de técnica, y un salario según el convenio.

Tras estudiar los argumentos, el juez señala que "no se detallan en demanda las funciones que se postulan efectivamente realizadas por los trabajadores, ni se efectúa la comparativa entre ambos grupos profesionales y puestos de trabajo".

Además, apunta que "no es posible considerar que desde el inicio de la relación laboral, los demandantes, con la condición de oficiales de técnica, han venido desempeñando en el depósito las mismas funciones que los especialistas, siendo las de los oficiales de menor complejidad y envergadura técnica, siendo atribuidas por el encargado en cada supuesto".

En este punto, afirma que, aun cuando pudieran existir similitudes entre las funciones de ambos puestos, que corresponden al mismo grupo profesional, conforme se desprende del tenor literal del Convenio de aplicación, las de especialista implican la supervisión de correcta ejecución de operaciones de mantenimiento, incluso las de mayor complejidad o dificultad, sin necesidad de supervisión, cumpliendo las instrucciones técnicas, lo que no consta en el caso de los oficiales.

Asimismo, recuerda una decisión del Tribunal Supremo (sentencia de fecha 10-01-2016, rec 1846/14) según la cual para que un trabajador tenga derecho a cobrar por tareas superiores, "es necesario no solo que el ejercicio de dichas funciones de categoría superior excedan de modo evidente a las que son atribuidas a su categoría profesional, sino que es preciso que entren en pleno en las asignadas en la categoría superior".

Por todo ello, la resolución, contra la que cabe interponer recurso de suplicación, desestima la demanda y absuelve a la EMT de las pretensiones formuladas en su contra.

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