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El Síndic sugiere a Educación que convalide los estudios en valenciano en centros de adultos con nivel A2

26/01/2019 - 

VALÈNCIA (EP). El síndic de Greuges sugiere a la Conselleria de Educación que convalide los estudios en valenciano realizados en los centros de educativos para adultos con el certificado de nivel A2 de conocimientos de valenciano, siempre que dichos estudios fuesen anteriores a la entrada en vigor de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, y se hubiese superado la asignatura de lengua valenciana.

Esta recomendación, recogida por Europa Press, surge a raíz de una queja de un alumnos que estudió durante dos años en la escuela de Adultos (EPA) para obtener el título de graduado de ESO con clases de valenciano y que pedía la convalidación del nivel de B1 de valenciano por homologación.

La conselleria replicó que se homologa con el certificado nivel B1 el haber cursado y aprobado la asignatura de valenciano en todos los cursos de educación general básica, e todos los cursos de educación primaria y secundaria obligatoria y en al menos tres cursos de BUP y COU, que se equiparan a tercero y cuarto e a ESO y primero y segundo de bachillerato.

Del mismo modo, esta convalidación también se producirá en el primer grado de formación profesional y en dos cursos del segundo grado de formación profesional.

Sin embargo, el alumno replica que su caso es "distinto" y se produce "un vacío legal del que no se dice nada" realizó dos cursos para sacarse la ESO en nocturno dando la asignatura de valenciano para mi aprendizaje, el problema es que a pesar de que se justifica mediante certificado de la EOA de Catral que efectivamente he dado dos cursos completos de valenciano, no se me reconoce ni tan siquiera el grado oral, ni mucho menos el elemental.

"El problema radica en que los niveles A1 y A2 no se mencionan ni se pueden convalidar por ninguna de las modalidades actuales ni con la normativa en vigor", ha señalado.

Homologación de títulos

Por ello, considera que está en "indefensión" de sus derechos y "perjudicado" porque no puede obtener ninguna convalidación para en el caso de opositar en su propia comunidad, ni optar por entrar en bolsa o realizar oposiciones para poder tener trabajo de la administración pública.

Al respecto, el Síndic recuerda que la Orden 7/2017, de la Conselleria de Educación, sobre homologación de los títulos de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, establece que se podrá obtener, también, el certificado de grado elemental de conocimientos de valenciano acreditando con el certificado académico de haber superado los estudios de valenciano en todos los cursos de la Educación Primaria y de la Educación Secundaria Obligatoria.

El síndic constata que la norma "no dice nada" de los cursos realizados dentro del sistema educativo en los centros de formación de personas adultas.

Por ello, considera que se puede valorar favorablemente el obtener la convalidación por homologación del nivel A2 tras haber aprobado la asignatura de valenciano en las escuelas de formación de adultos de la Comunitat Valenciana sin necesidad de presentarse a la prueba de grado oral A2 que anualmente se convoca, si bien ceñido temporalmente a los estudios realizados antes de la entrada en vigor de la Orden 7/2017.

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