VALÈNCIA. El Tribunal Supremo ha zanjado el litigo que mantenía la Inmobiliaria Guadalmedina (Igsa) y el Ayuntamiento de València a cuenta de la ejecución de la sentencia de 2015 en la que se anulaba el conocido como 'pelotazo' de Tabacalera. Una operación urbanística aprobada por el gobierno de Rita Barberá, que permutó con la promotora varios solares municipales a cambio de recibir el Ayuntamiento el complejo industrial de la antigua tabacalera. La justicia anuló el plan, y desde entonces la firma y el consistorio mantenían una disputa sobre cómo resolver el embrollo resultante.
En la operación de Tabacalera, la empresa permutó con el Ayuntamiento el edificio central de la Antigua Fábrica de Tabacos a cambio de una parcela en Plaza América para construir viviendas. Además, abonó al consistorio 14,4 millones de euros, -13,5 a cambio de la recalificación a uso residencial de dos solares posteriores a Tabacalera, resultantes del derribo de las naves posteriores del complejo industrial y 0,8 millones por la diferencia de valor entre los edificios permutados, Tabacalera y Plaza América-.
El fallo anuló la operación, pero esta sentencia llegó cuando buena parte del plan no podía deshacerse: el Ayuntamiento ya usaba la antigua fábrica como oficinas municipales, las naves del complejo se habían derribado e Igsa ya había construido y vendido los pisos sobre la parcela en Plaza América y en uno de los dos solares posteriores a Tabacalera en la calle Micer Mascó -el otro quedó sin edificar-. El desencuentro, pues, se ha sostenido sobre cómo liquidar la operación, teniendo en cuenta todos estos aspectos.
Así pues, la promotora reclamó ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciana la ejecución de la sentencia, donde pedía, por una parte, que el Ayuntamiento le devolviera el complejo de Tabacalera y se lo expropiase (pago millonario mediante), así como la devolución de los 14,4 millones de euros que había abonado en la permuta con el consistorio. Finalmente, no será así, después de que -tras varios recursos- el Tribunal Supremo haya zanjado el asunto.
En un primer momento, el TSJ desestimó el incidente de ejecución instado por Igsa en un auto, emitido en octubre de 2023, en el que rechaza la pretensión de la constructora, según la cual la responsabilidad de que se hubiera anulado el convenio con el Ayuntamiento era sólo del consistorio, cuando en realidad deriva de haberse anulado el planeamiento urbanístico, aprobado definitivamente por la Generalitat Valenciana. En ese sentido, el convenio reflejaba que la suspensión del planeamiento no daría lugar "en ningún caso" a una responsabilidad del Ayuntamiento.
Así, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJ falló a favor del Ayuntamiento, exponiendo que las cuestiones solicitadas por Igsa "exceden de los cauces del incidente de ejecución" y deben "ser analizadas y resueltas partiendo de las resoluciones que el Ayuntamiento dicte como consecuencia" de la sentencia original.
Consideraciones que no dejaron satisfecha a la firma, que interpuso un recurso de reposición, también fallido. En este segundo auto del TSJ, expone que la sentencia anterior no contradecía la decisión de 2015 y se limita a "desestimar las pretensiones" de la promotora porque excedían del cauce del incidente de ejecución "sin que se altere el contenido de la sentencia" original, además de considerar "coherente" el auto de 2023.
La promotora llegó hasta el Tribunal Supremo, ante el cual interpuso un recurso de casación. Ahora, la sala de lo contencioso-administrativo ha dictado una providencia, fechada el pasado 9 de octubre, para inadmitir dicho recurso. Según la sala, el recurso carece de "justificación suficiente" de que la sentencia recurrida contradiga el fallo original. Además, no aprecia "interés casacional objetivo" ni conveniencia de un pronunciamiento suyo, tampoco en aras de la formación de jurisprudencia al respecto "teniendo en cuenta que el tema de fondo debatido se sitúa en un terreno puramente casuístico, en cuanto que ligado a la contemplación de sus concretas circunstancias concurrentes".
Para entender la disputa hay que ponerle cifras. Desde Igsa se reclamaba la expropiación de Tabacalera, valorada en 18,2 millones de euros en los expedientes municipales, y el resto de la manzana sin edificar -inclusive el solar baldío que debe volver a manos del Ayuntamiento-, valorado en otros 17,2 millones de euros. Además, pedía la devolución de los 13,5 millones de euros por la recalificación de los dos solares posteriores al complejo y los otros 0,8 millones por la diferencia de valor que abonó en la operación. En total, la promotora pedía casi 50 millones de euros en compensación.
Ya en su momento, el pasado mandato la concejalía de Urbanismo, dirigida por la socialista Sandra Gómez, ya mostró su rechazo a buena parte de las exigencias de la promotora, acusándola de buscar "duplicar el pelotazo" al exigir la expropiación de Tabacalera obviando que, a cambio, recibió dos suelos donde construyó vivienda. El otro, que quedó sin edificar y que ha de volver a manos del consistorio, sí debería entrar en la liquidación, según dijo, por lo que cabría devolver la mitad de los 13,5 millones -6,75 millones-. De hecho, el consistorio ya ha abonado esta cantidad.
Además, restarían los otros 17,2 millones de euros que la concejalía de Urbanismo sí aceptó abonar a la firma por la expropiación del entorno de Tabacalera. Allí, cabe recordar, el Ayuntamiento de València está obligado por la sentencia de 2015 a reconstruir parte de las naves derruidas en la operación -dado que se desprotegieron de manera ilegal-. Para ello, tendrá que eliminar parte de los jardines construidos, y trasladarlos al solar. Por el momento, el consistorio no ha anunciado cuándo lo hará.