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El TSJ exime al Ayuntamiento de cubrir las pérdidas de la concesionaria de La Rambleta

10/12/2021 - 

VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València ha ganado el litigio que mantenía con la concesionaria del centro cultural La Rambleta por el reestablecimiento económico-presupuestario del contrato. O lo que es lo mismo, por las pérdidas de la concesión que la empresa buscaba cargar al consistorio. Finalmente, no será así.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat ha fallado a favor del consistorio y, por tanto, le exime de tener que abonar 1,1 millones de euros por sobrecostes financieros de la compañía, Bulevar del Arte y la Cultura, cuyo contrato se remonta al año 2006. La empresa exigía dicho montante al considerar que el Ayuntamiento debía compensarle porque no se han cumplido las proyecciones económicas previstas en el momento de la adjudicación.

El contrato fijó un canon a pagar por el Ayuntamiento de 2,2 millones de euros anuales para cubrir el coste de la construcción de las instalaciones y el déficit de explotación. Tras varios retrasos en las obras por falta de financiación de la adjudicataria por la crisis -suscribió deuda para solucionar estos problemas-, empezó a explotar el centro en 2012. Fue apenas año y medio después de finalizar las obras cuando solicitó la compensación.

En ese sentido, exigía percibir 300.000 euros mensuales adicionales, ampliar el contrato 6 años más de los 20 previstos y ajustar los gastos de explotación y mantenimiento "a la situación real". Para ello, alegaba que la inversión había crecido mientras que la demanda había bajado por la crisis económica: los números proyectados en 2006 no salían.

La Rambleta

A todo ello se sumó más tarde la subida del IVA y el incremento de los costes financieros en 2,2 millones de euros. Y en cuanto a eso, la empresa solicitaba al Ayuntamiento de València que se hiciera cargo de la mitad de esos sobrecostes financieros: 1,1 millones.

Sin embargo, ninguno de los informes municipales posteriores admitían que existiese desequilibrio alguno en el contrato, según explica el TSJ, e incluso recordaban que los pliegos administrativos aseguraban que "no se derivarán en ningún caso responsabilidades para el Ayuntamiento de València respecto a los resultados de explotación".

Los técnicos municipales, además, decían no poder cuantificar ni los gastos financieros reales soportados por la empresa por sus deudas suscritas para finalizar el centro ni los gastos futuros. Pero lejos de frenar las pretensiones de la concesionaria, esta insistió pidiendo desprenderse de la mitad. Por lo que obtuvo otra respuesta negativa de la concejalía de Hacienda, ya en 2018, y el gobierno municipal desestimó la petición. Ante ello, la compañía llevó la cuestión al juzgado, que falló en su contra, así que la elevó más tarde al TSJ.

Centro cultural La Rambleta

A la postre, lo que intenta dirimir el TSJ es si la disminunción de ingresos de la empresa se podría considerar como una "ruptura del equilibrio del contrato", que daría lugar al derecho de compensación. Pero el alto tribunal valenciano apunta que de un millón que esperaba la empresa ganar, acabó perdiendo 320.000 euros aproximadaente. Un "volúmen numérico" que entraría, a su juicio, en los "conceptos de riesgo y ventura". Son cifras, en definitiva, que "no acreditan la inviabilidad de la concesión".

Además, la deuda adquirida por la compañía para acabar las obras de La Rambleta por sus problemas financieros "no deriva de una imposición municipal", recuerda el tribunal, para converger con los técnicos municipales de que no se ha acreditado documentalmente el desequilibrio, y los documentos aportados por la compañía están elaborados "bajo supuestos e hipótesis".

Además, el TSJ considera que "pensar que los tipos de interés van a permanecer fijos y no va a incrementarse el IVA en un plazo de 20 años es una mera ilusión", y por ello las empresas han de dejar "un margen de holgura" en sus ofertas "para afrontar situaciones imprevisibles". Por todo ello, el TSJ da la razón al Ayuntamiento y le exime de pagar lo que pedía la compañía, a la que impone las costas hasta 1.500 euros en total. 

Maite Ibáñez. Foto: ESTRELLA JOVER

Tras conocer la sentencia, la concejala de Acción Cultural, Maite Ibáñez, aseguro que el fallo pone "punto y final a las malas prácticas del anterior gobierno del PP en el Ayuntamiento de València con la concesión del Centro Cultural La Rambleta, una adjudicación que ya investigaron los tribunales en el marco del caso Taula".

Así pues, señala que "la reclamación, según detalla la sentencia, contó en el mandato anterior con el respaldo jurídico impropio del servicio de Acción Cultural que fue corregido posteriormente por el servicio de Presupuestos y los servicios jurídicos municipales en una nueva muestra del nefasto legado de Rita Barberá que hoy reivindica con vehemencia María José Catalá. Afortunadamente, estas irregularidades de los gobiernos del PP son ya pasado en esta ciudad".

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