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tal y como solicitó el Partido popular 

El TSJCV multará a Educación si no informa sobre el gasto de la caja fija de las universidades públicas

16/11/2017 - 

VALÈNCIA. (EFE). El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha apercibido con una multa de mil euros cada veinte días a la Conselleria de Educación si no ejecuta un fallo de octubre de 2016 que ordena facilitar al PP información sobre el gasto de la caja fija de las universidades.

Según consta en una providencia de la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal recuerda que ya hizo un requerimiento al respecto el pasado mes de julio.

En consecuencia, solicita a la Administración demandada -la Generalitat- que "a la mayor brevedad" comunique el nombre y cargo de la autoridad o funcionario responsable de ejecutar el fallo, a quien se le hará saber que, "en el supuesto de persistir en el incumplimiento", se le impondrá una multa de mil euros cada veinte días.

Además, se podría deducir testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder, advierte la sala en su providencia, adelantada por el diario Levante-EMV.

Este texto persigue la ejecución de la sentencia dictada en octubre del año pasado, por la cual se condenó a la Conselleria a informar sobre la relación detallada del número de cajas fijas existentes en las universidades públicas, tal y como había solicitado el PP.

Esta sentencia es fruto de un recurso del diputado popular Rubén Ibáñez a una respuesta de la Conselleria, en la que se alegaba la autonomía financiera de las universidades y se advertía de que "dado el carácter genérico y desmesurado de la solicitud, ésta iba a afectar al funcionamiento de los servicios".

En consecuencia, el TSJCV apremia de nuevo a Educación para que informe sobre la relación detallada de las facturas, con indicación del concepto, número y fecha, y restos de gastos realizados con cargo a las partidas de cajas fijas en el periodo 2006-2014, así como abonar las costas procesales, que se han estipulado en 1.500 euros.

La sala entiende que, a pesar de la autonomía económica y financiera de la que disfrutan las universidades, "esta no es absoluta, pues siendo la misma cierta y necesaria, parece evidente que no es indefinida ni puede escapar de cualquier control o supervisión y habrá de moverse dentro del ámbito que se dispone en la legislación financiera y presupuestaria aplicable al sector".

Contra la referida providencia cabe la interposición de un recurso de súplica en un plazo de cinco días.

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