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Estos son los cambios en Vivienda incluidos en la Ley de Acompañamiento 

8/10/2019 - 

VALÈNCIA. El Consell aprobaba este lunes el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de la Organización de la Generalitat, más conocida como Ley de Acompañamiento, una norma que incluye varias modificaciones en la Ley para la Función Social de la Vivienda propuestas por la Conselleria del ramo que dirige Rubén Martínez Dalmau con un objetivo claro: facilitar a los valencianos una "vivienda digna". 

Para ello, este departamento controlado por Podemos incluye medidas para incrementar el parque público de vivienda. Y es que este ha sido un eje primordial del nuevo equipo que se ha marcado finalizar la legislatura con un 30% más de inmuebles de titularidad pública. Para ello, la Ley de Acompañamiento incluye la incorporación de mecanismos para, con carácter inmediato, incorporar inmuebles residenciales a través de la compraventa, arrendamiento o convenios con entidades privadas para ponerlos en alquiler social.

Otra de las medidas que recoge el texto es la posibilidad de resolver la relación jurídica existente entre los titulares de contratos de compraventa de viviendas de promoción pública de la Generalitat con la administración. De este modo, el Consell se reserva el derecho de tanteo para recuperar vivienda pública cedida en régimen de alquiler con opción a compra. La idea es recomprar ese inmueble una vez finalizado el contrato de alquiler. Como avanzó este periódico, el precio de la operación será el Precio Máximo de Venta (PMV) fijado por la normativa y siempre dependiendo del estado de conservación de los inmuebles. 

Será la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo (EVha) la encargada de realizar la oferta a los inquilinos, que deberán responder en el plazo de un mes. En ese momento los técnicos podrán acceder al inmueble para realizar una valoración de su estado y de las condiciones en las que se encuentra, criterios que servirán para fijar el precio final.

Cesión de viviendas a cambio de rehabilitación

También se modifica la Ley para la Función Social de la Vivienda en lo que respecta al alquiler solidario para movilizar la vivienda vacía de las personas físicas que necesite ser rehabilitada. En concreto, se amplía a 8 años el plazo de duración de la cesión de viviendas de particulares a la administración valenciana para ponerlas en alquiler social a cambio de que el Consell las rehabilite. En la actual norma estaba fijado en seis años. El cambio propuesto obedece a la entrada en vigor del Real Decreto del Gobierno en materia de vivienda y alquiler que incluye la ampliación de la prórroga obligatoria de los contratos de alquiler de 3 a 5 años o a 7 años si el arrendador es persona jurídica.

Esta iniciativa prevé favorecer a los propietarios de las viviendas que no pueden mantenerlas ni rehabilitarlas, pero que sí que quieren conservar la propiedad, movilizar las viviendas desocupadas, a la vez que permite a la administración obtener más viviendas para políticas sociales y propiciar que se hagan obras de rehabilitación para generar ocupación. Los interesados harán cesión del usufructo de sus viviendas a la Generalitat, a través de la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo, por un periodo mínimo de ocho años, para que ésta disponga de las mismas con destino a alquiler solidario. 

Sobre esta medida, el texto incluye otro cambio: la posibilidad de que, en caso de que el precio de la rehabilitación a realizar por la Generalitat sea inferior al precio del alquiler de mercado de este periodo de ocho años, se permita también compensar económicamente al particular.

Finalmente,  la Conselleria de Vivienda modifica también la normativa de manera que ya no será obligatorio para el beneficiario el seguro contra incendios en viviendas de promoción pública, del que se hará cargo la Generalitat.

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