VALÈNCIA. La Generalitat no avalará a À Punt después de que la Agencia Tributaria le haya reclamado 24,8 millones de euros del IVA que le fue devuelto de los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019 debido a un cambio de criterio del Gobierno central. La posibilidad de aplicar este instrumento ha sido estudiada por parte de la Conselleria de Hacienda y se comenzó a trabajar en este sentido el pasado junio, tal y como confirman fuentes del departamento. Sin embargo, se paralizó debido a una resolución del Tribunal Económico Administrativo que concluyó que no era necesario.
Desde la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC) explican que acudieron al tribunal para recurrir las liquidaciones. Éste admitió las alegaciones y, hasta que resuelva, la exigencia de esas cantidades por parte del Ministerio quedan suspendidas temporalmente. Entre las peticiones se encontraba que se paralizara el pago porque, en caso contrario, habían de presentar un aval. Pero el órgano no lo consideró necesario acogiéndose a un precedente con Canal 9. En base a esta conclusión, la Conselleria de Hacienda no avalará a À Punt.
Debido a la larga tramitación de este tipo de recursos, qué ocurrirá con los pagos y si entonces habrá o no inyección de dinero por parte de la Generalitat es una cuestión que habrá de afrontarse más adelante y sobre la que nadie quiere anticipar. Algo que da cierto respiro a la radiotelevisión valenciana por el agujero que podía crearle en el presupuesto.
Sí preocupa, por contra, el hecho de que no lleguen las cantidades previstas este mismo año por la última declaración del IVA que ahora el Ministerio ha decidido no devolver. La elaboración de los presupuestos incluye siempre ese dinero, que esta vez descuadra totalmente la previsión. Un problema que, por tanto, se verá reflejado en el proyecto de cuentas que la radiotelevisión valenciana presente para 2022 con posibles ajustes.
El "conflicto" entre la Agencia Tributaria y los gobiernos autonómicos por el IVA deducible de sus televisiones públicas se remonta al 2014, antes incluso de la creación de la CVMC. En esa fecha, la AEAT empezó a considerar que las cadenas sólo podían deducirse el impuesto por su actividad comercial y no por los ingresos que reciben vía presupuestos de los respectivos gobiernos autonómicos.
Hasta ese momento, los medios públicos se lo deducían por completo. Pero en 2015 entró en vigor una nueva ley del IVA y cambió el criterio. Ahora se establece que las televisiones públicas pueden deducirse el impuesto de la práctica totalidad de sus gastos, pero por el contrario aplican el criterio mediante el cual hay que repercutir el IVA a las subvenciones recibidas. En 2017 a raíz de una directiva europea, Hacienda vuelve al criterio de 2014 y defiende la limitación de la deducción del IVA.