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La multinacional se defiende contra los argumentos de medio ambiente

Intu afirma que su solución para el barranco junto a la CV-35 ya se aplica en la propia carretera

Foto: KIKE TABERNER
10/01/2019 - 

VALÈNCIA. Intu se revuelve contra el argumento esgrimido por el Consell para inadmitir el proyecto de su macrocentro comercial y de ocio, proyectado en Paterna. Como informa este jueves Valencia Plaza, el documento del trámite de audiencia enviado al Ayuntamiento de Paterna, al que ha tenido acceso este diario, se centra en una única cuestión para rechazar el nuevo proyecto de la empresa: la persistencia -a juicio de la Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental (controlada por Compromís)- de una solución "inviable" para el barranco que discurre junto a la CV-35.

La empresa, por contra, defiende que su plan no solo es viable sino que ya se aplica en la propia carretera. "El encauzamiento del barranco d’En Dolça ejecutado por la propia Generalitat aguas arriba y aguas abajo a mucha menos distancia de la calzada se encuentra totalmente inmerso dentro de la zona de protección de las carreteras CV-35, CV-31 y CV-30. Es por ello incongruente el argumento esgrimido en el último informe que propone la denegación de la propuesta si tenemos en cuenta que el marco legal y técnico ha de afectar por igual a la Administración y a los administrados", afirma al respecto Intu.

Como explicó este periódico, el documento de la Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental, que consta tan solo de dos páginas, explica que "en la documentación remitida del Sector Terciario Intu-Mediterrani (plano B.05) se mantienen dentro de la zona de protección de la CV-35 el nuevo trazado del cauce del barranco d’En Dolça y las balsas de laminación, de igual forma que sucedía con la ordenación de la Actuación Territorial Estratégica Puerto Mediterráneo y que fue uno de los motivos determinantes por el que el pronunciamiento respecto al proyecto fue desfavorable".

"En consecuencia, con la documentación aportada hasta la fecha, la propuesta de ordenación del Sector Terciario Intu-Mediterrani en los términos planteados por el promotor es manifiestamente inviable por haberse dictado un pronunciamiento ambiental desfavorable en un plan análogo al presentado, siendo este uno de los casos contemplados en el artículo 50.4 de la LOTUP para que el órgano ambiental pueda proceder a declarar la inadmisión de la solicitud", argumentaba Medio Ambiente.

En consecuencia, la administración comunicaba al Ayuntamiento de Paterna -que es quien tramita la modificación del plan parcial del municipio para dar cabida al complejo- "la apertura del trámite de audiencia previa a la resolución de inadmisión, por plazo de 10 días, para que alegue y aporte lo que considere oportuno". Es ta por ver si los impulsores logran convencer a Medio Ambiente o, por el contrario, el departamento sigue adelante e inadmite también el nuevo proyecto.

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