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EL ORGANISMO ELECTORAL responde así a una denuncia presentada por el PSPV-PSOE

La Junta Electoral afirma que Barrera rompió la neutralidad al hablar de la amnistía

Foto: EVA MÁÑEZ
8/06/2024 - 

VALÈNCIA (EFE). La Junta Electoral Provincial de Valencia ha considerado que el vicepresidente primero del Consell, Vicente Barrera (Vox), rompió la neutralidad institucional por sus declaraciones en la sede de su Conselleria y su comunicado oficial del 30 de mayo en las que criticó la aprobación de la ley de amnistía.

La Junta Electoral responde así a una denuncia presentada por el PSPV-PSOE, que afirmaba que esas declaraciones contenían "elementos valorativos con claras connotaciones electoralistas", pues reproducían "eslóganos electorales y mensajes de campaña" del su partido, Vox, como si fuera "un mitin electoral".

La resolución de la Junta Electoral Provincial, fechada este viernes y a la que ha tenido acceso EFE, aprecia indicios de infracción del principio de neutralidad institucional recogido en el artículo 50.2 de la ley de régimen electoral en esas declaraciones de Barrera.

El organismo electoral afirma que el principio de neutralidad institucional es compatible con la participación de las autoridades públicas en el debate político, y constata "la excepcionalidad" de la aprobación de la ley de amnistía, pero considera que la intervención de Barrera "quiebra formal y materialmente ese principio de neutralidad de manera no justificada".

Vicente Barrera, en una imagen de archivo. Foto: EVA MÁÑEZ

La comunicación difundida por el vicepresidente primero "excede de esos límites aceptables, para la incitación a la ciudadanía de un comportamiento político concreto", expone la Junta Electoral Provincial, que acuerda su retirada íntegra e inmediata, con advertencia de apertura de expediente sancionador en caso de desatención.

Los socialistas ya han presentado un recurso de alzada ante la Junta Electoral Central, en el que reclaman que se abra un procedimiento sancionador contra Barrera "por el uso partidista de la institución como vicepresidente y por quebrantar el principio de neutralidad que los poderes públicos deben respetar durante el proceso electoral".

También reclaman que se abra procedimiento sancionador contra el director general de comunicación y promoción institucional de la Generalitat, responsable de política informativa y comunicación institucional, por los "reiterados actos de comunicación" que la Junta Electoral ha considerado que han vulnerado el artículo 50.2 de la LOREG desde la convocatoria de las elecciones europeas.

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