VALÈNCIA. La Diputación de Valencia se ha mostrado satisfecha ante la sentencia de un juzgado de lo contencioso que avala la subrogación de los trabajadores de Divalterra, aunque anula la equiparación en ciertos derechos de empleados de la empresa pública con los funcionarios de la corporación provincial.
Como informó este jueves Valencia Plaza, el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por Intersindical contra uno de los apartados del acuerdo de la Diputación por el que asumió la gestión de los servicios que prestaba Divalterra y la integración del personal. Éste fue aprobado por PSPV, Compromís y La Vall Ens Uneix –con el voto en contra de la oposición– a raíz del proceso de disolución de Divalterra. El punto conflictivo expresaba que aquellos trabajadores que hubieran accedido a la empresa pública de esta manera y de forma equiparable a los empleados públicos podrían continuar su carrera profesional y participar en los concursos de provisión de puestos y demás sistemas de movilidad establecidos legalmente si cumplen los requisitos de la convocatoria.
La sentencia, sin embargo, expone que, aunque todavía no se haya producido ningún proceso de movilidad (y, por lo tanto, no se haya examinado la homologación de los procesos selectivos que tuvieron lugar para acceder a Divalterra), para la integración sólo se exige haber superado un proceso selectivo que se haya publicado en un diario oficial, en la web de la empresa o de la Diputación. Una situación que, opina, "al menos vulnera el principio de publicidad".
A lo que añade que si se admite, como se ha hecho, que se trata de personal no empleado público, "es evidente que no puede participar en los procesos de provisión, promoción interna o movilidad del personal funcionario o del personal laboral". El motivo es que estos procedimientos únicamente están previstos en la legislación estatal y autonómica sobre función pública para los empleados públicos, laborales y funcionarios.
Por lo tanto, sostiene el juez, "para poder adquirir la condición de personal laboral fijo no es suficiente con que se trate de cualquier proceso selectivo, sino que tienen que ser procesos selectivos convocados específicamente para la adquisición de tal condición, además de que tengan carácter abierto y libre concurrencia". Y que cumplan, de esta manera, con los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Al margen de estas conclusiones, la sentencia considera acreditada la sucesión de empresas alegada por la Diputación puesto que se ha producido la transmisión de un conjunto de instalaciones y medios que conforman una determinada actividad económica que mantiene su identidad tras la asunción de estos servicios por parte de la corporación provincial.
Igualmente, el juez avala la decisión de la Diputación de integrar al personal de Divalterra como personal laboral no empleado público en plazas "a extinguir". "Tras el examen de la compleja situación planteada", admite el magistrado, cree que la decisión adoptada es conforme a derecho pese a las dudas legales que en su momento generó esta fórmula. Así, rechaza la argumentación de que los trabajadores subrogados deben integrarse en algunas de las categorías del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Para lo cual se basa en la jurisprudencia sobre la subrogación de los trabajadores por las reversiones sanitarias de la Generalitat y en la cual se indicaba que la condición de personal laboral a extinguir se recoge en diversas normas estatales.
Lógicamente, es con estas dos últimas partes de la sentencia con las que la Diputación transmite su satisfacción porque supone que avale el proceso de traspaso de trabajadores. Respecto a lo que anula, desde la corporación transmiten que el cálculo que tienen es que únicamente afecta a unos 15 empleados y destaca que el acuerdo cuestionado por la justicia se incluyó en la mesa de negociación.
Tanto la corporación como Intersindical estudian ahora si presentarán o no recurso. El sindicato, sin embargo, sigue denunciando la gestión de personal en la Diputación y pide a los trabajadores que les transmitan las situaciones "anómalas" que se están dando. En uno de los últimos comunicados, mencionan que las bases de los procesos selectivos son totalmente subjetivas; que los tribunales "siempre están constituidos por los mismos"; que éstos se dedican a "controlar" los puestos que se proveen de manera "caciquil"; y que las promociones internas se reservan para aquellas personas que interesan. Así, señalan que existe una "trama organizada" para el dominio de los recursos humanos en la corporación.
A la espera de que la sentencia sea firme o no, tanto PP como Ciudadanos también han manifestado sus críticas. La portavoz de la formación naranja, Rocío Gil, advirtió este jueves de que "el cierre de Divalterra, sin suficientes informes, estaba poniendo en juego la seguridad de los trabajadores". "Lo dijimos en el pleno e intentamos anular la decisión con un recurso de reposición que no prosperó", destacó.
Para Gil, "la decisión judicial de anular la equiparación de los trabajadores de Divalterra a los funcionarios de la Diputación, se podría haber evitado si el proceso se hubiera hecho bien, con todas las garantías". "No hubo un acuerdo político ni sindical, no todos los sindicatos estuvieron en la mesa de negociación y ni si quiera hubo una Junta General de la empresa previa al cierre. Si se hubiera actuado por el bien de los trabajadores, como se dijo, no se hubiera hecho esta chapuza. Ahora han de enmendarla, esperamos que lo hagan bien, y que de una vez por todas dejen de generar inseguridad e incertidumbre en los trabajadores", reclamó.
Por su parte, el PP ha solicitado información a la institución provincial sobre un total de 33 procedimientos judiciales en marcha por demandas de trabajadores de Divalterra contra la Diputación tras la disolución de la empresa pública. El portavoz popular, Vicente Mompó, recuerda que su grupo ha pedido una comisión de investigación para analizar todos los contratos realizados por el jefe jurídico de Divalterra, Jose Luis Vera, desde 2015 hasta 2022 (cuando finalizó su contrato por la liquidación).