VALÈNCIA. La Fiscalía Provincial de València ha solicitado, por primera vez desde que entrara en vigor la ley el 31 de marzo de 2015, una pena de prisión permanente revisable (PPR) para una persona acusada de asesinato. En este caso se trata de de un hombre que supuestamente asesinó a una anciana a la que, además, robó sus joyas y el dinero tras el crimen. Esta calificación es la primera, no solo en la provincia de València, sino en toda la Comunitat Valenciana, aunque la Fiscalía de Alzira presentará en breve la segunda.
Según la calificación del fiscal Antonio Gastaldi, el acusado Yunior O., había hecho varias chapuzas en casa de la víctima, una mujer de 82 años llamada Teresa, con la que mantenía una buena relación. El 19 de agosto de 2018 llamó a Teresa y “le dijo que tenía que verla para hablar con ella de varias facturas”.
Teresa, que “confiaba en el acusado”, le abrió la puerta de su casa donde vivía sola a las diez de la noche. Yunior, “guiado por la intención de apoderarse de los objetos de valor, y del dinero que sabía que Teresa guardaba en su casa, a fin de evitar la resistencia de la víctima y sin aviso previo, aprovechó un descuido de la anciana y la tumbó sobre la cama”.
El ahora procesado, utilizó una almohada para asfixiarla durante varios minutos hasta que la mujer falleció “sin poder defenderse en ningún momento”. Expone Gastaldi en su escrito de acusación que Teresa, además de su avanzada edad, de que medía 1,52 cm y pesaba 60 kilos, padecía una poliartrosis generalizada invalidante que limitaba su movilidad, y Yunior lo sabía perfectamente.
Por último, y antes de abandonar la casa, el presunto asesino dejó a la mujer sobre la cama como si estuviera dormida para, acto seguido, robar las joyas y el dinero que tenía en su casa y escapar. Unos días después del crimen, el acusado vendió lo robado en una casa de empeños. Pero, además, la autopsia reveló que la mujer trató de defenderse como pudo, pues tenía ADN del presunto asesino bajo las uñas.
El fiscal expone que el acusado cometió el delito de asesinato en concurso medial con el de robo, y que procede imponerle la prisión permanente revisable en base al artículo 140.1.1a del Código Penal. Este artículo señala que se aplicará la PPR “cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona vulnerable”, como era el caso de la mujer asesinada. En este caso, Teresa no solo era una persona anciana, sino que además tenía una enfermedad que la incapacitaba para poder defenderse del ataque que sufrió.
Es llamativo que, aunque también se acusa a Yunior del delito de robo, no cumplirá ninguna pena de facto por ese delito debido a que la prisión permanente revisable es la pena más elevada que contempla actualmente el Código Penal español. Junto con la pena de prisión, el fiscal también solicita una indemnización de 30.000 euros para las dos hijas de la víctima.
Por otro lado, la Fiscalía de Alzira está a punto de emitir otra calificación de PPR por otro asesinato, que será la segunda de la provincia de València. Sin embargo, la calificación de Gastaldi es la primera en España que solicita la PPR por asesinar a un anciano, ya que hay una condena previa de Tenerife de PPR de un adulto, pero en aquella ocasión, y aunque la edad del fallecido era de 66 años, la pena se dictó porque la víctima tenía una discapacidad, y no solo porque fuera vulnerable debido a su avanzada edad.
En cuanto a la posibilidad de libertad condicional, en caso de ser condenado, Yunior deberá cumplir un mínimo de 25 años y, tras ese periodo, y si consigue la libertad condicional, estará en este régimen otro mínimo de 10 años.