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La judicialización de muchas reclamaciones de empresas eleva aún más el coste financiero  

La Generalitat paga intereses sobre los intereses de demora que se resiste a abonar

29/01/2020 - 

VALÈNCIA. Se denomina técnicamente anatocismo y se podría traducir popularmente como 'intereses al cuadrado'. La asfixia financiera de la Generalitat valenciana no solo hace que tenga que destinar decenas de millones de euros cada año –132 millones en 2018, como contó Valencia Plaza este lunes– a abonar intereses de demora a los proveedores a los que no paga a tiempo sino que, cuando se retrasa a su vez en el pago de los intereses de demora, los tribunales le obligan a pagar intereses sobre los intereses.

Así viene ocurriendo desde hace años, no en todos los casos porque el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) hila muy fino a la hora de determinar si los acreedores tienen derecho al anatocismo. El pasado mes de noviembre, por fortuna para la Generalitat, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este tribunal dictaminó que Ribera Salud tenía derecho a percibir 10 millones de euros en intereses de demora pero no a percibir intereses sobre estos intereses, al no cumplirse todos los requisitos que la jurisprudencia establece para este supuesto.

La Jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que en caso de impago de intereses es de aplicación el artículo 1.109 del Código Civil, es decir, que las cantidades impagadas una vez liquidadas devengan nuevos intereses desde la interposición de la demanda, aunque exige que la cantidad sea líquida, cosa que no ocurre cuando la demanda judicial no es atendida en su totalidad.

Así, el mismo noviembre del año pasado el TSJCV sí reconoció al Hospital Valencia al Mar el derecho a cobrar intereses desde que interpuso una demanda, en mayo de 2016, para cobrar 108.986 euros de intereses de demora de una factura. Con ello, la Generalitat tendrá que pagar los intereses de demora, los intereses de esos 108.986 euros desde mayo de 2016 y las costas del juicio, 1.500 euros. 

El Gobierno de Puig obliga a acudir a los tribunales a alguno de los acreedores que quieren cobrar intereses en aplicación de la ley estatal que en 2011 estableció que los acreedores de la Administración pueden reclamar esos intereses a partir de los 30 días. Se opone con argumentos como "la grave situación económica que está atravesando" –en una reciente demanda de Bertolín– y el TSJCV le condena a pagar en la mayoría de las ocasiones, con imposición de las costas judiciales. Y a veces, con anatocismo.

Este martes, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicaba varias modificaciones presupuestarias por un total de 238 millones de euros para dar cumplimiento a sentencias condenatorias por impago a los proveedores. En el caso de la Conselleria de Sanidad Universal sumaba 4,55 millones para atender "resoluciones judiciales firmes intereses por demora y anatocismos".

Según la Sindicatura de Comptes, el período medio de pago (PMP) de la Generalitat fue en todos los meses del año 2018 superior al máximo de 30 días previsto en la Ley de Contratos del Sector Público, con un notable empeoramiento en los últimos tres meses. El PMP osciló entre un mínimo de 34,5 días del mes de marzo y un máximo de 67,6 días en el mes de agosto.

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