VALÈNCIA. La nueva Ley de Contratos del Sector Público amplía del 20% actual hasta el 50% el límite de las empresas contratistas de la administración para introducir modificaciones durante el periodo de ejecución de los mismos, lo que supone revertir la limitación que se introdujo en 2012 como medida contra la corrupción mediante la aprobación de sobrecostes injustificados.
La norma introduce varias novedades derivadas de la transposición de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El Proyecto de Ley apersigue la agilización de los procedimientos de contratación, el incremento de la competencia, la mejora de la transparencia, o la lucha contra la corrupción, entre otros.
Otro de los cambios que introduce esta ley tiene que ver con la regulación de las concesiones. En este punto, la UE va en la linea de no poner plazos máximos predeterminados en las concesiones.
El plazo común actual es de 30 años, 40 en el caso de las sanitarias, pero el criterio que marca la UE introducido en la norma es que el plazo lo marque el cumplimento del Plan Económico Financiero del adjudicatario. Con ello, la norma supedita el plazo a que exista un plan económico financiero correctamente realizado.
El gran cambio que introduce la ley tiene que ver con la ampliación del ámbito de actuación de la Ley de Contratos a entidades que aunque no sean 100% Administración tengan poder adjudicador. El criterio se establece si el 50% o más de sus ingresos son de procedencia pública o si la mayoría de los miembros de sus órganos de gobierno los nombra la administración.