VALENCIA. Comprar una vivienda es el sueño de muchas personas. Sin embargo, no siempre resulta sencillo el proceso hasta conseguir las ansiadas llaves, especialmente si se ha decidido comprar la vivienda sobre plano ya que, no sólo hay que esperar a que construyan las viviendas para poder vivir, sino que también pueden surgir problemas con la constructora o la promotora que haga que nunca te entreguen la vivienda. Pero ¿qué ocurre con todo el dinero que se ha aportado hasta ese momento?
Desde diciembre de 2015, esa pregunta ya tiene respuesta. En esa fecha, el Tribunal Supremo hizo pública una sentencia por lo que quienes realizaron depósitos para la compra sobre plano de su vivienda puedan recuperar el dinero que invirtieron.
La startup Legalbono, plataforma web que permite generar documentos legales de forma personalizada, ya ha tramitado 435 casos con un 99% de éxito, 198 en la Comunitat Valenciana.
Por ello, los expertos de la startup han elaborado una serie de consejos sobre qué debe tener cuenta y cómo debe proceder cualquier persona que quiera reclamar el dinero que ha depositado para la compra de su vivienda sobre plano.
En primer lugar, asegurarse que se encuentra entre los supuestos que tienen derecho a reclamar como haber comprado una vivienda que no se terminó o entregó en los plazos previstos, la licencia de primera ocupación no llegó a emitirse o se emitió después de la fecha límite de finalización o no te han devuelto el dinero depositado a cuenta de la promotora.
Una vez, confirmado que se cumplen con los requisitos, es el momento de realizar una reclamación. Para ello se necesita acreditar la relación contractual con el promotor, la cuantía anticipada a la cuenta bancaria del promotor y que la propiedad nunca fue entregada.
Para justificar lo anterior, se deberá aportar el contrato de compraventa del inmueble, justificantes de los ingresos realizados y el justificante del incumplimiento de la promotora de la entrega del inmueble en el plazo convenido.
¿Dónde se presenta la reclamación? Las reclamaciones pueden presentarse directamente en el banco que recibió las cantidades abonadas para la compra de la vivienda. ¿Existe un plazo para presentar la reclamación? Sí, 15 años desde el momento en el que se tenía que haber entregado la vivienda. Por el contrario, si la licencia de obra ha sido solicitada con posterioridad al 1 de enero de 2016, el plazo para reclamar será solo de dos años.