VALÈNCIA. Lo que se había proyectado como un "hotel icónico" en la avenida de Aragón de València, en las proximidades del antiguo Mestalla, parece haber ido desapareciendo de los planes. Después de que la Generalitat Valenciana diera por resuelto el plan urbanístico de 2012 por los incumplimientos reiterados del Valencia CF, se disolvió su compromiso de construir el mencionado establecimiento hotelero fijado en la ATE de Mestalla -así se llamaba la herramienta urbanística-. Ahora, con las nueva sfichas urbanísticas aprobadas por el Ayuntamiento de València, el club che y el consistorio achaca la responsabilidad al propietario de la parcela mientras que este cuestiona su obligación de llevar a cabo el hotel prometido por el Valencia CF en su momento.
Así lo han alegado a los tribunales las diferentes partes, en respuesta al recurso presentado por Libertad VCF contra la aprobación de las fichas urbanísticas por parte del Ayuntamiento, el nuevo marco urbanístico para la operación de la construcción del Nou Mestalla, en la avenida Cortes Valencianas, y el derribo del antiguo estadio. La asociación valencianista presentó el contencioso al considerar que, con el nuevo marco urbanístico, el consistorio estaba rebajando las exigencias que en su momento exigía la ATE para que el club disfrutara de los beneficios urbanísticos.
Por ejemplo, la ATE fijaba entre las obligaciones del Valencia CF la de erigir esta construcción en la parcela donde antiguamente se ubicaba un edificio de oficinas del Ayuntamiento de València. Ante la administración valenciana, el club era el responsable de llevar a cabo el proyecto como promotor de la actuación urbanística pese a que el propietario de la parcela era Expo Grupo, tal como primero resolvió la Generalitat Valenciana y luego confirmaron los tribunales. Con todo, el Valencia siempre cuestionó que fuera responsable de la no ejecución de este compromiso porque, en la práctica, no era quien podía ni quien tenía que pedir la licencia.
Así pues, tras la caducidad anticipada de la ATE, el planeamiento se mantuvo junto a los beneficios urbanísticos que había obtenido el club pero perdió la condición de promotor de toda la actuación. Con ello, ahora, en el procedimiento judicial abierto tras el recurso de Libertad VCF, el Valencia descarga la responsabilidad directamente en el dueño del solar, que ahora es la firma HCG Levante. En su escrito, al que ha tenido acceso este diario, el club insiste en discutir que con la ATE tuviera "realmente la obligación de construir un hotel en una parcela cuya titularidad" no era suya, "siendo además aquella una obligación de imposible cumplimiento para el club".
En cuanto a la situación actual, las alegaciones indican que la propiedad del suelo "fue transimitida" en 2022 por Expo Grupo a HCG, y "es sobre esta entidad sobre la que recae actualmente la obligación de construir el hotel". "Así, la construcción del hotel no puede imponerse a quien no es el propietario del suelo, y es evidente que el deber de edificar recae, en este caso, sobre HCG", insiste el Valencia CF citando la normativa urbanística valenciana. Así, señala que según las fichas urbanísticas son "las personas propietarias de la parcela" las que "deberán solicitar licencia de edificación en el plazo máximo de dos años desde la recepción de las obras de urbanización".
También el Ayuntamiento ha alegado en el mismo sentido. Su escrito insiste en que la obligación de levantar el hotel "icónico" corresponde "al propietario de la parcela y no a la entidad Valencia CF". "En caso de incumplimiento del deber urbanístico de edificación, el Ayuntamiento de València dictaría la orden de edificación [...] a quien fuese en ese momento el propietario de la parcela, tras la oportuna investigación registral", insiste el documento, según el cual "solo a la propiedad le resulta exigible el cumplimiento del deber de edificar en suelo urbanizado".
Su argumentación abunda en que, una vez resuelta la ATE, el compromiso que allí se reflejó ya no es válido. "Tras la resolución anticipada y declaración de caducidad de la ATE, y la consiguiente pérdida por el Valencia CF SAD de su condición de promotor de la misma, este último, no ostenta la propiedad de parcela de uso terciario que nos ocupa". Por ello, una vez caducada, "no es exigible jurídicamente" al club la construcción de este edificio.
Por su parte, la propiedad de la parcela también se ha personado en el procedimiento, para desentenderse del compromiso al que en su momento llegó el club valencianista. "Esta obligación de edificación y, si se quiere entender así, de edificación de un hotel icónico recaía sobre el promotor de la actuación", que en su momento era el club, "y no sobre Expo Grupo (anterior propietario), por lo que HCG Levante no queda vinculado por lo que en su día acordase el Valencia, C.F. y la Administración en el Plan de la ATE”, recoge el escrito presentado en el contencioso.
De hecho, la firma HCG Levante recalca que, con la caducidad de la ATE también "decaen" los "compromisos asumidos". "En la actualidad, sobre la mercantil HCG Levante recae simplemente la obligación de edificación en la parcela" pero no la de edificar un "hotel icónico". Así, recuerda que la única obligación que tiene es la de cumplir con el planeamiento urbanístico, que atribuye a esta parcela la de uso terciario pero sin especificar nada más, por lo que cualquier uso que entrara dentro de esta categoría, por ejemplo establecimientos comerciales u oficinas, estaría permitido bajo este prisma.