Comunitat Valenciana

Alboraia reconoce al juez que construyó su piscina municipal en suelo de València, calificado como no urbanizable

Este martes declara como investigado el exalcalde de València, Joan Ribó

  • El alcalde de Alboraia, Miguel Chavarria.
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VALÈNCIA. Sigue la investigación judicial por la presunta construcción ilegal de una piscina municipal por parte del Ayuntamiento de Alboraia. La instalación fue impulsada por el consistorio de l'Horta Nord pero lo hizo en una parcela del término municipal de València, cuyo Plan General califica estos terrenos como no urbanizables. Según los testimonios recabados por el juez, la parcela estaba en proceso de segregación para incorporarse a Alboraia pero este no había finalizado. Ahora, los informes emitidos por sendos secretarios municipales vienen a confirmarlo.

Así figura en los documentos remitidos por el Ayuntamiento de Alboraia y el Ayuntamiento de València al juzgado de Instrucción 19 de Valencia, encargado de la causa, y a los que ha tenido acceso este diario. El juzgado había pedido a ambos consistorios que aclarasen los linderos de sus términos municipales, al objeto de clarificar realmente dónde está enclavada la piscina construida. De ello depende, a la postre, su legalidad.

El más interesante a estos efectos es el primero, suscrito por el vicesecretario general de Alboraia, donde incluye una captura del Plan General de Ordenación Urbana del municipio, datado de 1991, con una indicación sobre esta parcela que señala que es "término municipal de Valencia actualmente [1991] en trámite de segregación e incorporación al término municipal de Alboraia como suelo de equipamiento". Se refrenda así lo manifestado por el acalde de Alboraia, Miguel Chavarria, quien defendió la vigencia del Plan General de su municipio en esta parcela pese a no haberse segregado por completo e incluso haber pagado el IBI a València.

El Ayuntamiento de València, por su parte, ha remitido un certificado del secretario municipal que incluye informes de varios servicios. La sección de Territorio y Asuntos Especiales concluye tajantemente que "las instalaciones deportivas referidas en la documentación remitida por el juzgado están ubicadas en el término municipal de València", confirmando así lo manifestado por el secretario del área de Urbanismo que declaró como testigo en la causa.

El habilitado de València declaró que las parcelas en disputa "son parte del término municipal de València", por lo que "en teoría sí" debería haberse solicitado licencia para la construcción en estos terrenos, algo que no se hizo. Aunque admitió que se encuentran en "una situación peculiar" porque "desde tiempo atrás ya se ubicarón allí construcciones por parte del Ayuntamiento de Alboraia" y porque estas parcelas "se encuentran pendientes de regularizar".

En ese sentido, explicó que un Plan General ordena "el término de un municipio en concreto" y que "ninguna parte de él puede estar incluido en el Plan General de otro municipio distinto" aunque reconoció que los planes generales "suelen reflejar parte de la ordenación de los municipios colindantes simplemente a efectos de coordinar y conocer los aspectos de dicha colindandia" pero sin carácter regulatorio.

Cabe recordar que según un técnico del Ayuntamiento de València, el jefe de sección administrativa de Planeamiento, las normas urbanísticas del Cap i Casal "no permiten" la construcción de esa piscina por la calificación del suelo y que "por supuesto se tiene que solicitar licencia" para materializar esas obras. Así, insistió en que "no constaba expedición de licencia" para dicha actuación".

La segregación no se materializó

El alcalde de Alboraia fue llamado a declarar como testigo, si bien finalmente prefirió hacerlo como investigado, con la asistencia de su abogado. Y en su comparecencia, del 18 de febrero, señaló que su consistorio compró las parcelas en los años 80 y que el Plan General de Alboraia contempla estas parcelas como suelo urbano. El problema, señaló, es que "la ubicación de esta parcela es en el area del municipio de Valencia, si bien formando una conurbación con Alboraya". Por ello, dijo, se inició desde finales de los 80 un proceso de segregación que, según su relato, no concluyó porque quedó en los cajones del Ayuntamiento de València.

Así, narró todos los trámites seguidos con el Cap i Casal y la Generalitat Valenciana para materializar la segregación, que "se aprobó, requiriendose a continuacion la aprobacion del Ayuntamiento de Valencia" y que esta "no se produjo porque se dejó el expediente sin pronunciamiento expreso". Unas declaraciones de las que se infiere que el suelo, por tanto, seguiría formando parte del municipio de la capital del Túria, aunque Echevarría sostuvo que "no es verdad que sea zona de huerta protegida" porque el Plan General de Alboraya lo califica como "suelo urbano", y así lo replicó el Plan de la Huerta.

También está investigada la edil de Urbanismo de Alboraia, Ana Bru, y el exalcalde de València, Joan Ribó, que declara este martes en un procedimiento por el que también compareció el ex edil de Hacienda de València, Borja Sanjuán. No se ha citado a la entonces edil de Urbanismo del cap i casal, Sandra Gómez, al estar aforada por ser actualmente eurodiputada.

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