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ambas partes discrepan sobre los efectos de la sentencia del tribunal supremo

Pastor convoca una junta para elegir administrador de Urbem tras otra sentencia favorable a Cleop 

16/07/2024 - 

VALÈNCIA. El empresario José Pastor anunció este lunes la "inmediata convocatoria" de una Junta General de Urbem en la que los "actuales socios" de la inmobiliaria "procedan a la elección de un nuevo administrador único de conformidad con la legítima propiedad de las acciones y las actuales mayorías de Urbem". Lo hizo minutos después de que Cleop, que también es accionista de Urbem a través de su filial Inversiones Mebru, diera a conocer, mediante un hecho relevante enviado a la CNMV, una nueva sentencia del Tribunal Supremo favorable a sus intereses en la batalla que mantienen ambos socios por el control de Urbem.

Concretamente, la sentencia da por válido el único acuerdo tomado en la Junta General de Urbem celebrada el 3 de septiembre de 2018, consistente en cesar a José Pastor Marín como administrador único de la sociedad y nombrar Administrador Único de Urbem a Carlos Turró Homedes, presidente y principal accionista de Cleop. El acuerdo había sido ratificado por el juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia y anulado por la Audiencia Provincial. Ahora el Supremo vuelve a ratificarlo, lo que según Cleop, "resulta irregular la permanencia en la administración de Urbem, S.A. de personas que carecen de legitimidad al efecto", en referencia a Pastor.

Un nuevo capítulo en la larga contienda que llevan ambas familias -Turró y Pastor- por hacerse con el control accionarial de la histórica promotora y que, tras este fallo del Supremo, fechado el pasado 9 de julio, ha provocado nuevos movimientos. Así, este lunes, los Pastor reaccionaron al hecho relevante de Cleop con un comunicado en el que el patriarca, José Pastor, manifiesta "su rechazo al contenido y fundamentos de dicha sentencia" que, sin entrar en el fondo del asunto, "efectúa una aplicación sesgada, incorrecta y defectuosa del principio de cosa juzgada, por lo que va a ser objeto de un Recurso Extraordinario de Nulidad y, en su caso, de uno de Amparo ante el Tribunal Constitucional", señala.

Añaden que Carlos Turró carece de legitimidad para ejercer la representación de la mercantil Urbem, en la que nunca ha ostentado una mayoría del capital social (que la reciente sentencia tampoco le reconoce) y cualquier intento de ejercerla será considerada por los socios mayoritarios de Urbem como "una obstrucción a sus legítimos derechos que, desde su irrupción hostil en esta mercantil, ha estado intentando sin éxito".

Las interpretaciones de una y otra parte son muy diferentes. Según Cleop, "es la tercera vez en las últimas semanas" que el Supremo "reitera que el capital social de Urbem asciende -desde 2006 e ininterrumpidamente desde entonces- a 12.432.022,62 euros, del cual Inversiones Mebru es propietaria del 55,2%, y añade que tal declaración pasó en autoridad de cosa juzgada desde una sentencia de 2011". Y es que, como publicó este diario, el Alto Tribunal anuló, en dos sentencias de mayo, los acuerdos de las juntas generales de Urbem de los años 2016 y 2017, declarándolos nulos al cuestionar la mayoría accionarial de Regesta Regum, propiedad de los Pastor, y señalando que en ese momento, Inversiones Merbru (Cleop) ostentaba la mayoría accionarial en la promotora.

Carlos Turró Homedes, presidente de Cleop. Foto: EVA MÁÑEZ

Pastor, por el contrario, asegura que el Tribunal Supremo no reconoce a la mercantil Inversiones Mebru como accionista mayoritario en dicha Junta, "ni mucho menos en las juntas posteriores", y tan solo extiende a esa Junta los efectos de sentencias anteriores "a pesar de estar dictadas en circunstancias distintas".

Según explica, la Audiencia Provincial de Valencia rectificó en los años 2020 y 2021 su "criterio erróneo" de haber reconocido a Inversiones Mebru la mayoría del capital social de Urbem en los años 2014 y 2015, "y ahora el Tribunal Supremo no le ha permitido rectificar aquella decisión, pues entiende que lo que se sentenció entonces (aunque fuera incorrecto), se debe extender a los juicios similares posteriores (incluso los celebrados entre distintos demandantes) sin entrar ahora en el nuevo fondo del asunto".

Cargo "caducado"

Según Pastor, independientemente del contenido de esta sentencia, "el cargo para el que fue formalmente elegido en aquella junta de 3 de septiembre de 2018 Carlos Turró ha caducado por el transcurso del plazo de los cinco años para los que fue elegido", lo que "le impide realizar ninguna labor de gestión y representación de la sociedad, que desde su constitución hasta ahora ha venido ejerciendo -y lo va a continuar haciendo- el administrador de hecho, José Pastor".

Añade que "la inscripción registral de aquella designación (que fue denegada en su momento por el Registrador Mercantil de Valencia) se halla recurrida ante el Juzgado Mercantil de Valencia nº 1, que deberá resolver ahora sobre la procedencia o no de su inscripción y sus efectos".

Por otra parte, recuerda Pastor que, independientemente del capital social con derecho a voto que el Tribunal Supremo considere oportuno aplicar por efecto de la cosa juzgada para adoptar aquellos acuerdos en 2018, desde aquella fecha -2018-, José Pastor (o sus sociedades patrimoniales) "han adquirido en subastas notariales sometidas a la legislación de jurisdicción voluntaria un total de 122.508 acciones de Urbem, de las 313.386 que componen su capital social, con lo que, unidas a las 125.429 de las que ya era propietario con anterioridad, consolida la mayoría del 80,39 % del capital social de Urbem, sin que existan resoluciones judiciales firmes ni cautelares que haya declarado la anulabilidad de las cesiones de crédito ni los expedientes notariales relacionados con las mencionadas subastas".

Pastor concluye su comunicado con una puerta abierta a una solución negociada: "Queremos hacer constar que estamos inmersos en un complejo y delicado proceso de negociación con Cleop al objeto de alcanzar una solución satisfactoria y definitiva para las dos partes que zanje por completo las diferencias y permita a cada una continuar con su actividad después de tantos años de conflicto y desgaste innecesario".

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