El desarrollo de los planes de pensiones de empleo en España es escaso en relación con otros países europeos (sólo 1 de cada 6 trabajadores lo tiene). Este incentivo al empleado como complemento a la jubilación ha sido tradicionalmente más utilizado en las grandes empresas, en concreto está más extendido en los sectores financiero, químico, farmacéutico, empresas energéticas y también es común en las administraciones públicas.
Aunque hay distintas fórmulas que dependen del acuerdo de la empresa con los trabajadores, la aportación al empleado suele establecerse como un porcentaje del salario, y se realiza mensualmente. También hay Planes en los que la aportación de la empresa se vincula a la aportación también del propio empleado compartiendo de este modo su compromiso con el plan y con la jubilación futura.
La media de aportación del empleador se sitúa entre el 2% y el 4% del salario por lo que, en la práctica, solo aquellos directivos con salarios elevados pueden alcanzar el nivel de aportaciones máximo de 10.000 euros anuales al Plan que está previsto se amplíe en los PGE para 2021, por lo que la medida escasamente beneficiaría a una mínima parte de los trabajadores si no se establecen otras que potencien la creación de nuevos planes de empleo y la extensión a todos los trabajadores también de empresas más pequeñas y autónomos.
En Ibercaja facilitamos y ayudamos a las empresas en la constitución de planes de empleo a través de la fórmula de promoción conjunta, cuyos trámites de adhesión y funcionamiento son más sencillos y que es la fórmula más idónea para aquellas empresas de menor tamaño o para las que ponen en marcha su plan de pensiones hasta que el patrimonio sea lo suficientemente relevante para dispones de un plan independiente que resulte eficiente.
En promoción conjunta, varias empresas se unen para promover un plan de pensiones. Así, éstas comparten reglas de funcionamiento, política de inversión, costes, además de tener un órgano de control común, “la comisión de control del Plan”, de la que forman parte algunos representantes de estas empresas. De este modo, la administración es más sencilla, el gobierno más eficiente y, al tener mayor patrimonio, se soportan menores costes (por economías de escala) y se tiene mayor capacidad de diversificación de las inversiones y el acceso a determinados mercados, lo cual incrementa la eficiencia del binomio rentabilidad- riesgo.
La mayor ventaja de esta fórmula de constitución de un plan de empleo es que cada empresa mantiene su independencia en cuanto a decidir las condiciones de acceso al plan de los trabajadores y los criterios de aportación, pudiendo personalizarlos como desee, adecuándolos a la estrategia que la empresa haya decidido implementar en previsión social complementaria de común acuerdo con sus trabajadores.
En Ibercaja contamos con planes ya creados para que una empresa pueda adherirse desde que así lo decida y poner en marcha su Plan de la manera más rápida. Contamos actualmente con dos productos de promoción conjunta, ambos con un funcionamiento similar, pero con diferente política de inversión para que cada empresa pueda escoger en función de sus necesidades y expectativas.
En cuanto a los autónomos, la normativa actual no permite adherirse a un plan de pensiones de empleo y son los planes de pensiones individuales los que les ofrecen la posibilidad de construir un ahorro para complementar los ingresos de su futura jubilación.
Ahorrar para la jubilación, si bien es necesario para todas las personas, cobra aún mayor relevancia en el caso de este colectivo, ya que por su sistema de cotización suelen perciben pensiones de jubilación más reducidas.
Carolina Mateo, responsable de Desarrollo de Negocio de Ibercaja Pensión.