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PIDEn QUE SE APLIque a la infanta

¿Qué es la 'doctrina Botín'?

11/01/2016 - 

MADRID. La Infanta Cristina se ha sentado este lunes en el banquillo de los acusados del caso Nóos tras el mantenimiento de la imputación por dos delitos fiscales. Pero depende del juez Castro, que instruye la causa, mantener a la Infanta en en la causa.

Si las acusaciones mantienen las posiciones que han sostenido durante la instrucción, ni la Fiscalía ni las abogacías públicas acusarán a la hermana del Rey, y únicamente Manos Limpias formulará acusación contra ella. Ante este escenario, el juez Castro deberá dictar un auto de apertura de juicio oral, donde definirá qué personas irán a juicio y cuáles no, y tendrá que pronunciarse de nuevo sobre la infanta, han indicado fuentes jurídicas.

El juez Castro puede entender que la acusación popular es suficiente para sostener la acusación contra la infanta por delito fiscal e incluirla en el auto de apertura de juicio oral, una decisión que implicaría que la duquesa de Palma se sentaría en el banquillo y ante la cual no cabe recurso. Pero, por contra, Castro podría considerar que la acusación popular no es suficiente.

¿Qué es la 'doctrina Botín'?
Existe el precedente de la llamada "doctrina Botín", fijada por el Tribunal Supremo en una sentencia de 2007 donde dijo que, en caso de delito fiscal, "no puede abrirse juicio oral solo a instancias de la acusación popular, sino que es necesario que lo inste bien el Ministerio Fiscal, bien la acusación particular".

Si el juez Castro sobresee la causa en relación con la infanta Cristina en el auto de apertura de juicio oral, esta decisión se puede recurrir y de nuevo debería resolver la Audiencia de Palma. En el caso de que la Audiencia decidiera de nuevo que se puede llevar adelante la acusación, la infanta iría a juicio.

Ante dicha situación, la defensa de la infanta podría plantear que se ha vulnerado el principio acusatorio, pero sería únicamente como cuestión previa al inicio del juicio oral, lo que se resolvería mediante un auto previo (interrumpiendo el juicio) o ya en la sentencia. Tras el definitivo auto de apertura de juicio oral, se dará trámite a las defensas, un nuevo paso del procedimiento que podría alargarse.

Existe un listado que incluye a los ocho magistrados titulares de la Audiencia de Palma (Francisca Ramis, Gema Robles, Eleonor Moyà, Juan Pedro Yllanes, de la sección primera, y Diego Gómez-Reino, Mónica de la Serna, Ana María Camesselle y Juan Jiménez de la segunda), y podría corresponderle ser ponente a cualquiera de ellos, que designaría a quienes le acompañan para formar la sala. Ante el elevado número de encausados y su indiscutible interés mediático, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares deberá habilitar la infraestructura y medios oportunos para la celebración del juicio.

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