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La Generalitat Valenciana deberá pagar el abogado de Isabel Vilallonga en el 'caso Nóos'

7/01/2019 - 

VALÈNCIA. (EFE). La Generalitat deberá hacerse cargo de la minuta del abogado de la exsubsecretaria de Presidencia de la Generalitat Isabel Vilallonga en el caso Nóos, en el que estuvo imputada entre mayo y septiembre de 2012, hasta que finalmente el juez instructor retiró los cargos contra ella.

Según consta en una sentencia del la sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la Generalitat deberá abonar 4.024 euros más intereses y hacerse cargo de los costes procesales como consecuencia de este recurso hasta un tope de 1.500 euros.

Villalonga estuvo imputada en una pieza separa del sumario abierto en Palma de Mallorca en la que se investigaron los contratos públicos que logró el Instituto Nóos, entonces presidido por Iñaki Urdangarin, para organizar tres cumbres sobre turismo y deporte en València, pero posteriormente fue desimputada y acudió al juicio como testigo. 

La Generalitat, a través de una resolución del subsecretario de Presidencia en julio de 2016, reconoció a Vilallonga el derecho a percibir una indemnización de 1.694 euros por los gastos en los que incurrió en su defensa.

Sin embargo, Vilallonga recurrió esta resolución por considerarla injusta, dado que los gastos por su defensa letrada fueron superiores, y finalmente el TSJCV le ha dado la razón.

A pesar de ser funcionaria, la Abogacía de la Generalitat no se hizo cargo de la defensa de Vilallonga porque su imputación guardaba relación con delitos contra la Administración Pública.

Según la ley 10/2012 de Medidas Fiscales de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat "siempre que la asistencia jurídica haya sido solicitada y ésta sea denegada, el interesado, si finalmente resulta absuelto, o el asunto es desestimado, archivado o sobreseído con carácter definitivo y firme", podrá solicitar una indemnización que correrá a cargo de la conselleria donde prestase servicio.

Por este motivo, Isabel Vilallonga presentó un escrito en abril de 2015 a la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua en el que reclamaba el pago de dicha indemnización, que ahora se reconoce.

Finalmente, el TSJCV ha reconocido el derecho de la recurrente a cobrar 4.024 euros, con el abono de intereses legales desde abril de 2015, y ha impuesto las costas procesales a la Generalitat, con un tope de 1.500 euros.

Esta sentencia no es firme y se puede presentar un recurso de casación ante la sala tercera del Tribunal Supremo. 

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