VALENCIA. La no ejecución de la prórroga de la concesión del Hospital de Alzira podría ser otra de las posibles disputas de Ribera Salud con la Generalitat y que no estaban sobre la mesa. Así lo planteó este martes la Nicolás González-Deleito Domínguez, socio del Departamento Mercantil de Madrid de Cuatrecasas, en la jornada “Aspectos jurídicos y laborales del rescate o finalización de las concesiones administrativas”, celebrada en el Hospital de Alzira y organizada por Ribera Salud.
González-Deleito expuso respecto a las prórrogas, que en el caso de Alzira son cinco años, el "régimen jurídico no es especialmente claro". "La administración tiene la facultad de aceptar o denegar una prórroga, pero no debe hacerlo sin justificación, de forma caprichosa". El abogado de Cuatrecasas apuntó a una decisión bilateral, que en este caso se ha tomado de forma unilateral, y a que cerrar esta prolongación de la concesión exigiría una "justificación sólida" importante desde el punto de vista del interés general. "No puede apartarse de continuar con una prórroga sin una motivación reforzada", insistía.
De hecho, expuso como ejemplo de justificación de no acometer una prórroga que la administración vaya a realizar una mayor inversión en instalaciones que la concesionaria. Sobre posibles rescates de concesiones, el abogado recalcó que suele realizarse poco al ser "bastante difícil de justificar", además de bastante oneroso al tener que indemnizarse por daños y perjuicios, además de por los beneficios futuros teniendo en cuenta los registrados en los últimos cinco años.
El magistrado del Tribunal Supremo, Jordi Agustí Juliá, no acabó de formar una imagen clara sobre la problemática en la sucesión de una empresa privada a la administración pública. Puso de manifiesto la complejidad que supondría la reversión al no existir jurisprudencia al respecto. También negó que los 2.000 profesionales laborales del Departamento de Salud de La Ribera vayan a pasar a ser trabajadores estatutarios fijos con la reversión del Hospital.
“Si se produce la reversión de la concesión, aunque el nuevo empleador sea un empleador público, no se garantiza solo por este motivo el acceso de la plantilla de trabajadores al empleo público”, explicó, aunque también reconoció que la administración debería, en un primer momento, traspasar a todos los trabajadores con las condiciones que tenían aunque luego, justificadamente, podrían tomar las decisiones más convenientes. "La reversión por si sola no es causa de extinción del contrato".
Sobre si la administración debería mantener el convenio colectivo, tampoco se mojó. "Es un convenio de empresa pero la administración no lo ha firmado ni está vinculado, no lo tengo nada claro", apuntó. "La administración no debe asumir las obligaciones que correspondan al concesionario". Sin embargo, la solución más clara que Agustí puso sobre la mesa es la de pactar con los empleados para no iniciar una avalancha de litigios contra la administración.