VALÈNCIA (EFE). La Conselleria de Sanidad tendrá en consideración las "circunstancias especiales" derivadas de pandemia de la covid-19 a la hora de regular el complemento de productividad variable de los profesionales sanitarios y calificará como de "difícil cobertura" las plazas ocupadas por personal que ha trabajado durante la crisis.
Así lo refleja la resolución de la Conselleria de Sanidad que publica este lunes el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) por la que se acuerda la adopción de medidas relativas al personal al servicio de las instituciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud con motivo de la pandemia provocada por la covid-19.
La resolución afirma que es "de justicia" reconocer la importante labor que están desarrollado los profesionales, que "han sido y son los artífices de la contención de los efectos de esta pandemia, y, lógicamente, van a ser los artífices de la recuperación de las actividades asistenciales, en busca de la normalidad en nuestras Instituciones".
En materia de personal, señala que todas las plazas eventuales creadas y los nombramientos de personal de carácter eventual formalizados o prorrogados desde el 28 de febrero de 2020, con el fin de cubrir las necesidades originadas por la crisis, serán prorrogados hasta el 30 de noviembre de 2020, prórroga que podrá extenderse si la situación lo aconseja.
Al finalizar con evaluación positiva los programas formativos del personal del último año de formación especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura de Medicina, Enfermería, Farmacia, y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física, se podrá ofrecer a dicho personal, bien un nombramiento temporal eventual de 6 meses, prorrogable si la situación lo aconseja, o bien la ocupación temporal de las plazas vacantes que, no pudiéndose cubrir por la bolsa de trabajo, sean necesarias para la prestación asistencial.
En materia de permisos y vacaciones, una vez que se acuerde la posibilidad de disfrute de días de permiso y de vacaciones en el periodo ordinario (julio agosto y septiembre), se deberá organizar por los Departamentos de Salud de manera que se garantice la cobertura mínima entre un 65 y un 70 % del personal de cada servicio o unidad, salvo que la evolución de la situación aconseje un porcentaje superior.
Las plazas ocupadas por personal que ha desarrollado sus funciones en las instituciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud, durante el tiempo de duración del estado de alarma provocado por la pandemia de covid-19, "serán calificadas como de difícil cobertura".
A tal efecto se dictará lo establecido en la Orden 4/2019, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de selección de personal temporal para la cobertura de plazas estatutarias gestionadas por la Conselleria con competencias en materia de sanidad.
Para la valoración de esos periodos en las convocatorias de procesos de selección definitiva o provisión, se estará a lo que disponga la normativa vigente a la fecha de las respectivas convocatorias, siempre que la misma prevea la valoración de plazas de difícil cobertura, señala la resolución.
Respecto a las medidas en relación con la aplicación del sistema de productividad variable del personal al servicio de las instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad, se tendrán en consideración las circunstancias especiales derivadas de la pandemia en la actividad de las instituciones sanitarias.
También se tendrá en cuenta, señala la resolución de Sanidad, la carga de trabajo y el esfuerzo del personal, trasladando todo ello al sistema de productividad variable.
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